El proyecto de modificación de la Ley Monetaria y Financiera figura entre los requisitos del Fondo Monetario Internacional (FMI) dirigido a transparentar la administración bancaria en República Dominicana, sacudida en el 2003 por la quiebra de tres importantes instituciones financieras.
El proyecto de modificación de la Ley Monetaria y Financiera figura entre los requisitos del Fondo Monetario Internacional (FMI) dirigido a transparentar la administración bancaria en República Dominicana, sacudida en el 2003 por la quiebra de tres importantes instituciones financieras.
Uno de los puntos que la ley sometida recientemente al Congreso Nacional establece es la facultad a las autoridades del Banco Central de solicitar cualquier tipo de información confidencial a personas físicas y jurídicas pública o privada y de llevar a cabo su "recopilación forzosa" en caso de que no esté conforme con los datos obtenidos.
Pero además, las autoridades monetarias podrán suministrar esa información confidencial a los funcionarios del área tributaria y judicial. Añade que la información suministrada será estrictamente confidencial y deberá ser utilizada exclusivamente para los fines que fue solicitada.
Estas disposiciones están contenidas en los artículos 5 y 8 de la legislación a ser modificada por petición del Poder Ejecutivo, quien sometió los cambios ayer al Senado de la República.
También se modifica el artículo 10 para que cualquier transacción, negociación, venta o compra de acciones y negociaciones adicionales que hagan las instituciones de intermediación financiera, deban ser autorizadas por la Junta Monetaria. La legislación establece la inmunidad para los miembros de la Junta Monetaria en los casos de decisiones tomadas en el ejercicio de sus funciones.
El proyecto de modificación a la Ley Monetaria y Financiera incluye la prolongación del mandato de los miembros de la Junta Monetaria, del Gobernador del Banco Central y del Superintendente de Bancos a por lo menos cuatro años.
La pieza contiene el requerimiento de un grado de preparación y experiencia en el Banco Central para ocupar el puesto de Vicegobernador, en la Superintendencia de Bancos para ocupar el cargo de Intendente de Bancos, y de gerentes de las respectivas instituciones, lo que según señala la carta del mandatario, permitirá el fortalecimiento institucional de ambas entidades.
Un tercer aspecto que incluye el proyecto, es la armonización de la Ley Monetaria y Financiera con la Ley que creó un Programa Excepcional de prevención del Riesgo de las Entidades de Intermediación Financiera.
Además la propuesta busca ampliar la capacidad de acción de la Superintendencia de Bancos y la definición clara de las responsabilidades como entidades reguladoras y supervisoras del Banco Central y la Superintendencia de Bancos.
El mandatario explica en la carta a los congresistas, que las modificaciones propuestas están orientadas a fortalecer la regulación y supervisión de los intermediarios cambiarios, igualar el nivel de supervisión y requerimientos prudenciales de la banca pública al aplicado a la banca privada, preservando en todo momento su naturaleza de ley marco. También se reordenan las atribuciones del Banco Central y se amplían las funciones de la Superintendencia de Bancos en el ámbito de su competencia. Igualmente hay aspectos que tocan el intercambio de información acordado entre supervisores locales y extranjeros, que fueren estrictamente necesarios para el cumplimiento de sus funciones y se introducen cambios en materia cambiaria, en cuanto a las regulaciones del BC, de las operaciones que realizan los intermediarios cambiarios en el sistema de libre flotación.