Santo Domingo. Las 15 organizaciones que en fecha 27 de junio de 2005 depositaron en la Suprema Corte de Justicia (SCJ) un recurso de inconstitucionalidad contra 11 artículos de la Ley de Migración 285-04, expresaron que el máximo tribunal dominicano hizo una interpretación excluyente y discriminatoria de la Constitución, en su sentencia dictada el pasado miércoles 14 de diciembre, con la que declara que dichos artículos “son conformes a la Constitución de la República” y rechaza la instancia interpuesta por los representantes de la sociedad civil:
En conferencia de prensa realizada este lunes, Antonio Pol Emil, vocero de las instituciones y uno de los abogados que interpuso la querella ante el alto tribunal, dijo que el fallo de la Suprema hace una interpretación excluyente y discriminatoria de la Constitución al violar los derechos fundamentales de ciertas categorías de extranjeros y de sus descendientes en el territorio nacional. "La sentencia de la Suprema no respondió a cabalidad con la demanda introductoria que señalaba once artículos de la ley de migración contrarios a la Constitución, como por ejemplo el derecho al libre tránsito y el derecho a trabajar", puntualizó Pol Emil. El vocero de las 15 organizaciones consideró que por el contrario, el fallo lo que hace es restringir los derechos y vulnerar el Estado de Derecho, ya que "es el propio Estado quien debe garantizar los derechos de todas las personas sin discriminación". Además, reiteraron que la sentencia de la Suprema Corte de Justicia constituye un acto de desacato al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del 8 de septiembre de 2005 en el "caso de las niñas Yean y Bosico vs. República Dominicana", que estableció claramente que "el estatus migratorio de una persona no se transmite a sus hijos". Finalmente, en su declaración las instituciones defensoras de los derechos humanos y de las personas migrantes exhortaron al Estado dominicano a que, para no seguir agravando la imagen internacional del país, acate la sentencia de la CIDH, ya que la misma mantiene jurisdicción sobre el caso hasta que el Estado cumpla con lo establecido en la misma. El documento lo firman el Servicio Jesuita a Refugiados y Migrantes (SJRM), el Centro Cultural Domínico-Haitiano, Inc. (CCDH), el Movimiento Socio Cultural de Trabajadores Haitianos, Inc. (MOSCTHA), la Asociación Pro Desarrollo de la Mujer y Medio Ambiente, Inc. (APRODEMA), el Movimiento de Mujeres Dominico-Haitianas, Inc (MUDHA), el Centro Dominicano de Asesoría e Investigaciones Legales (CEDAIL), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Amnistía Internacional Grupo Santo Domingo, el Comité Dominicano de Derechos Humanos (CDDH), la Pastoral Cristiana de los Derechos, el Centro de Estudios Sociales Padre Juan Montalvo SJ (CES Montalvo), la Colectiva Mujer y Salud, el Instituto de Derechos Humanos Santo Domingo (IDHSD), el Comité de Seguimiento del Foro Ciudadano y la Caribbean Association for Feminist Research and Action (CAFRA).