Santo Domingo.-La sentencia de descargo total que acaba de dar la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, respecto al caso Plan Renove, pueda que haya sentado un precedente negativo en los anales de la Justicia Dominicana, si se toma en cuenta, que quien recurrió en apelación fue el Ministerio Público y no los acusados que habían sido condenados por un tribunal de primeras instancia.
El recurso incoado a través del Departamento de Prevención de la Corrupción Administrativa (DEPRECO), que es una dependencia de la Procuraduría General de la República, buscaba sanciones más fuertes para los acusados pero en cambio (como el tiro que sale por la culata del fusil ), fueron todos absueltos por el tribunal de apelación presidido por el juez Ignacio Camacho e integrado por Nancy Joaquín Guzmán y Luís Omar Jiménez, en una decisòn que ha generaro reacciones distintas, entre ellas una ùltima y dura del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa.
Los favorecidos son Pedro Franco Badía, Fabio Ruiz, Antonio Marte, Milcíades Amaro, Blas Peralta, Antonio Pérez, Freddy Williams Méndez, Alfredo Pulinario Linares (Cambita), Gervasio de la Rosa y a Paulino Antonio Reynoso (Padre Toño). Todos fueron declarados inocentes por no habérseles comprobado los hechos dolosos por los que fueron encausados bajo la acusación de estafa, prevaricación, falsificación y asociación de malhechores
Al momento de leerse la sentencia se produjo un alboroto que estremeció la sala de audiencia de la primera planta del viejo Palacio de Justicia del Centro de los Héroes, con los beneficiados abrazándose, felicitándose y familiares y amigos celebrando la decisión.
Además del recurso del DEPRECO, el tribunal echó por tierra otro de FENATRANO y declaró sin efecto jurídico las actas del Consejo Nacional de Transporte del Plan Renove. Asimismo, declaró con lugar los recursos incoados contra la sentencia que condena a Franco Badía a 3 años de prisión domiciliaria y una multa de RD$15 millones a favor del Estado; Fabio Ruiz, cuatro años y RD$10 millones; Milcíades Amaro, tres años y RD$5 millones; Antonio Marte 3 años y RD$8 millones; de la Rosa, dos años y RD$3 millones; Peralta tres meses y RD$2 millones; Padre Toño dos meses de prisión correccional; Freddy Williams Méndez, seis meses de cárcel domiciliaria y Pulinario Linares a una pena similar, con multa de RD$1 millón.
La decisión condenatoria fue emitida el 17 de octubre del 2005 por la jueza de la Quinta Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, Esther Agelán Casasnovas, y se recuerda que con ella descargó de responsabilidad penal a los ex presidentes del Plan RENOVE y ex secretario de las Fuerzas Armadas, Ramón Emilio (Milo) Jiménez hijo, Siquió Ng de la Rosa, el empresario Juan Julio (Johnny) Morales y Diógenes Castillo.
Pero la Procuraduría General de la República apeló la decisión en cuanto a de la Rosa y Morales. Sin embargo, la Corte confirmó la sentencia en cuanto al descargo de éstos.
TRIBUNAL VS. DEPRECO Y FENATRANO DE POR MEDIO.
La tradición ha sido que la Corte de Apelación se pronuncie ratificando las decisiones de un tribunal inferior o acogiendo las solicitudes del Ministerio Público cuando los recursos provienen de este cuerpo que constituye una de las dos patas del sistema de justicia dominicano conforme el derecho francés del que es réplica prácticamente fiel.
Tal es así que a los tribunales se les tiene prácticamente vedados emitir sentencias sin antes escuchar o tener el dictamen de un fiscal que es la representación del Ministerio Público.
Si embargo, en esta oportunidad, la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, rechazó todos los alegatos de los fiscales actuantes, Otoniel Bonilla y Francisco García Rosa, del DEPRECO y la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, respectivamente, favoreciendo de esa manera a los diez acusados a quienes descargó en lo absoluto, anulando por añadidura la decisión de la Quinta Sala de la Cámara Penal que bajo la dirección de la magistrada Esther Angelàn Casasnova, los había condenados a penas de cárceles y multas tan benignas, según el Ministerio Público, que hubo la necesidad de apelar para que les fueran aumentadas en un tribunal superior.
Los resultados fueron a la inversa con un agregando del tribunal enmendándole la plana al presidente de FENATRANO, Juan Hubieres, a quien se le señalo su partición inicial en el llamado Plan de Renovación Vehicular. El recurso de Hubieres coincidía con el del DEPRECO en procura de mayores sanciones para los acusados.
LAS CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL
Para absolver a los procesados por el sonado expediente, el tribunal dijo que el Ministerio Público no pudo probar las acusaciones formuladas y que se violentó el debido proceso de ley en el presente caso, al producirse una sentencia condenatoria contra los encartados recurrentes vulnerándoseles sus derechos individuales, el de defensa, el derecho a un juicio justo, "al no ser pertinente la acusación del Ministerio Público y del querellante, al no constituir tipos penales los hechos imputados tal como se ha manifestado en la presente decisión".
Asimismo, consideró que llama poderosamente la atención el hecho de que habiendo participado FENATRANO, representada por Juan Hubieres, en las decisiones del Consejo del Renove, beneficiándose sus dirigentes y sindicatos afiliados con la entrega de unidades, se le haya permitido participar como querellante.
La Corte consideró que de igual forma no encaja en el marco legal acusatorio el tipo penal previsto en los artículos 169,170, 171, 172 del Código Penal, toda vez que los miembros del RENOVE no percibían ni administraban fondos públicos, a no ser aquellos que provenían de los pagos realizados por los adquirientes de los vehículos bajo contrato de venta condicional, sumas que conforme a los imputados ha estado recibiendo el programa oficial por parte de los mismos.
Estimó que resulta ineficaz la acusación del Ministerio Público en cuanto a señalar que algunos de los acusados se desempeñaban como funcionarios públicos, ya que se advierte por la propia sentencia de primer grado que varios miembros del RENOVE representaban a sus afiliados, federaciones, sindicatos o transportistas en el Consejo.
Considera que lo alegado en la acusación sobre la no creación del reglamento para el funcionamiento del programa como forma de proceder a una distribución de vehículos sin transparencia, puede perfectamente ser compartido por el tribunal como elemento más del ámbito administrativo y ético al derecho, "pero jamás constituiría esto infracción a la ley adjetiva penal".
DOMINGUEZ BRITO INDIGNADO
La sentencia, que causó sorpresa no por favorecer a acusados de corrupción, sino por su viraje en contra del pedido del Ministerio Público y una decisión de otro tribunal, fue calificada de indignante y vergonzosa por el Procurador General, licenciado Francisco Domínguez Brito.
Por su parte, Cèsar Pina Toribio tronò desde la Casa de Gobierno calificando la sentencia como un duro golpe para la lucha contra la corrupciòn y los planes del gobierno de reducir el flagelo.
“Con esa sentencia de descargo a favor de los implicados en el caso Renove, los jueces le han demostrado al país que no se puede confiar en ellos para la moralización de la vida pública", sentenciò el cosultor jurìdico del Poder Ejecutivo.
Sostuvo que “ha sido un duro revés a los esfuerzos de moralizar la función pública y además un acto de complacencia al ex presidente Hipólito Mejía”.
“La reacción que puedo tener, como abogado, como funcionario y como responsable de las estrategias, con otros compañeros y amigos miembros de la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción, es la de que es un duro revés a los esfuerzos que se hacen por moralizar la función pública”, dijo Pina Toribio.
HABLA SUBERO ISSA
El Presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), doctor Jorge Subero Isa, reconoció que en los tribunales dominicanos se emiten sentencias que avergüenzan a toda la sociedad dominicana.
La respuesta indirecta de Subero Isa se produjo cuando periodistas lo cuestionaron sobre la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que descargó a los acusados del Plan Renove.
Dijo que el amiguismo, el partidarismo y la politiquería, siguen prevaleciendo en la mente y decisiones de algunos jueces, aunque recordó que existen otras instancias judiciales con facultades para corregir los entuertos de otros.
En fuentes del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes se supo que la Procuraduría General de la República se apresta a recurrir en casación, por ante la Suprema Corte de Justicia, la sentencia del tribunal de apelación, al cual en una ocasión, el DEPRECO había intentado recusar al considerar que sus miembros eran todos perredeìstas.