Siempre que nos toca analizar el tema carcelario del país, partimos de una pregunta maestra. La misma que hacemos a nuestros alumnos post-graduando y maestrando en la Universidad Autónoma de Santo Domingo, cada año. Es la siguiente: ¿Cuál es, pues, la diferencia cardinal entre lo carcelario y lo penitenciario?, ¿cuál de estos sistemas es la superestructura del otro?, y finalmente, ¿cuál de ellos nos permite un uso positivo y eficaz del otro?
Luego, ¿qué utilidad tiene saber estas diferencias, para aplicarlas a la técnica carcelaria? Tal vez no debería escribirse este artículo, si no fuera porque mucha gente –al igual que nosotros– cree que hay Caballos de Troya en el sistema penitenciario dominicano, y de eso hace ya muchos años.
Las técnicas carcelarias son las que comprenden el conjunto de los métodos penitenciarios íntimos que tienen que ver con el conocimiento del individuo interno, mucho antes de que el hombre delincuente lo lleven a los tribunales y a la majestad de las leyes. Las técnicas carcelarias se convierten en la disciplina del penal, que también tiene su “escuela”, y definen un ámbito íntimo de tareas específicas, las cuales en principio demandan un estudio y conocimiento claro de la institución.
Es un deber que nos imponemos, al señalar que los funcionarios de la cárcel carecen de esa capacidad, a pesar de que realizan tareas todo el tiempo para cambiar el mundo de las personas recluidas. ¡Ay, si supieran cómo es el mundo de las personas recluidas!
Creo que conozco muchos sistemas penitenciarios, aunque sólo por un problema de oportunidades y recursos económicos, no hemos podido visitar y apreciar regímenes carcelarios de países latinoamericanos. El oficio de la cárcel está claramente expresado en los postulados de cualquier sistema penitenciario, con todo lo que entraña un sistema –que a veces es señalado como el gobierno de la prisión–, sus estrictas directrices penológicas, de filosofía penal, y sus ejecutorias, en fin…
El asunto se convierte en una sinrazón, cuando miramos hacia las paredes de intramuros del nuestro, y lo que vemos es intrusos troyanos armando una espuria enseñanza de capacitación del personal penitenciario, para luego aplicarla a la rehabilitación, que no hace más que mantener dentro de las rejas la carne sucia, que a muchos les resulta el preso.
Ellos argumentarán que es todo lo contrario que el sistema ya no es el mismo, que ha cambiado. No negamos que los planes que enarbolan se corresponden con el pensar de la prisión moderna, pero es casi seguro que esas ideas les llegan de otras autoridades que sí entienden lo que debe pasar en las prisiones; pero lo que es de mal gusto, es observar a estos sujetos que nada saben del problema carcelario (no le quitamos ni una pizca de razón a este juicio), verlos desarrollar programas de estudios formales para los servidores y empleados, ignorantes de lo que se conoce como “medio carcelario”. Puede ocurrir que al decidir estas cosas, también ya tengan la decisión de que es lo que se proponen con los reclusos; en ese caso, decimos, cuanto hay de incorrecto en relación a los reclusos, y que puede arriesgarse o ponerse en peligro el destino de hombres caídos y separados de la sociedad.
Deseo dejar claro que escribimos estas líneas para hacer un reclamo legítimo, antes de que la sociedad se decida por emprender una lucha, que ha salido de los medios de comunicación. Se trata de un caso muy particular, seguido de cerca por los académicos, y es que tras revisar el marco legal de la Escuela Nacional Penitenciaria (ENAP), cuya posición de dirección es por concurso de oposición, y está siendo ocupada ilegalmente por unos de los tantos troyanos que se apoderaron de la institución penitenciaria. Quien
ocupe ese puesto tiene que ser el más conocedor del tema, y ser acreedor de las mejores condiciones personales para trabajar con los reclusos: debe amar el hombre del encierro, y dedicarse sólo a él todo el tiempo de su vida.
Finalmente, algunas reflexiones sobre el hombre del presidio. Decir que el proceso de la prisión no está completo, sino hasta cuando llega el tiempo de culminada la pena (es la post-pena). El alcance de la pena de prisión no se completaría, sino es a fuerza de ponderar este proceso que es la prisión, en la que existen dos partes fundamentales: la condena y la liberación, incluida la que está bajo condiciones y el egreso final. Sobre esos aspectos básicos, es que se organiza la reforma de la cárcel (es preferible decir transformación); el hilo conductor es la Escuela Nacional Penitenciaria, un verdadero instrumento de cambio para los reclusos, los empleados del sistema, los aplicadores judiciales.
Ahora que se conoce nuestra queja, queremos probar nuestras teorías sobre el tema carcelario; no por medios políticos, sino por medios legales. No se consigue fama con lograr estos y otros objetivos; nada tenemos que probar como académicos, no queremos entrar en la historia, lo que queremos es entrar en la prisión. Si no está mal lo que hacen las autoridades en la cárcel, les decimos que tampoco está bien. Tened cuidado, “Dios os ve”.