La norma tiene efecto retroactivo desde enero del 2006, según la publicación divulgada en los medios de comunicación por la DGII. La Dirección General de Impuestos Internos dictó la Norma General No. 02-06, que exceptúa del cobro del ITEBIS una proporción equivalente al 20% del precio o la tarifa total neta determinada o facturada por la provisión de los servicios prestados por los hoteles bajo modalidad del “Todo Incluido”.
La medida es uno de los puntos acordados por ASONAHORES y el presidente Fernández en el “Pacto por el Desarrollo del Turismo”, firmado en diciembre pasado, en el que el sector turístico no sea seriamente afectado por la entrada en vigor de la reforma fiscal, desde el primero de enero pasado.
La norma tiene efecto desde enero del 2006, según la publicación divulgada en los medios de comunicación por la DGII.
Como considerandos, se plantea que la Resolución Ejecutiva No. 1-2002, dictada por Finanzas, establece como exenta del pago del ITEBIS una proporción equivalente al 18% del precio de la tarifa total neta para hoteles que ofertan servicios bajo modalidad del “Todo Incluido”.
Asimismo, toma como considerando que en el proceso de discusiones de la reforma fiscal, el gobierno se comprometió a conceder un trato preferencial a los hoteles “Todo Incluido”.
Quedan pendientes de ejecutar del Pacto por el Desarrollo del Turismo la elaboración y difusión de una norma que establezca una tasa cero del impuesto selectivo al consumo para la importación de equipos del sector turístico.