Este asunto de la reforma penitenciaria es muy manoseado, y se repite y vuelve a repetir en intervalos cada vez más cortos, pero continuando en un nivel que no logra agudizar ninguna controversia. En esta nueva edición de plantear las alternativas, el gran ausente fue el Presidente de la Republica. No llamaremos “Reforma penitenciaria” a la iniciativa convocada por el director de la Escuela Nacional Penitenciaria (ENAP), que por demás es un político y un empresario: es la persona que ahora se apropia del problema sólo con la finalidad de vertebrar un sistema en función de él mismo y de sus acólitos. La reforma penitenciaria sólo puede tener sentido si es la continuidad del sistema mismo, y debe centrarse en los reclusos, que son la parte más importante en ese proceso que se llama la prisión. Pero es claro, que no existe un liderazgo, un verdadero director de Prisiones.
Quizás sea imperativo, antes de empezar a explicar lo que creo que verdaderamente hace y define la reforma de Administración penitenciaria de nuestro país, es señalar que el problema penitenciario sólo se concreta como una un problema ético. Y esa ética a la que me refiero tiene que ver con la idoneidad de sus aplicadores, de sus funcionarios: el poder policial y poder estatal es un serio obstáculo para reformar el sistema.
Definitivamente la culpa es del Estado que permite que en todas sus instituciones públicas dirijan las personas que resultan ser las menos idóneas para el cargo, sin importar la naturaleza de la institución de que se trate. Y es también culpa del Estado el haber permitido que policías estén al frente del problema. Se ha traducido en corrupción penitenciaria. Esa mala actitud es aún más grave en el ámbito del Ministerio Público, a través de los fiscales y otros, y en las Secretarías de Estado. Y también en la prisión ha sido lo mismo, sólo que ya esto no puede sostenerse, no porque los reclusos se encuentren en una escala socia más baja, incluso por debajo de los enfermos, a quienes los cuidan sus familiares, y porque los hay que no lo visita nadie; nada de eso, sino porque ya basta de valerse de la institución para hacer dinero. La cárcel es un importante instituto social, de residencia y trabajo, disciplina y de vigilancia, cuyas características sobre su organización social e individual de los que habitan allí reviste una importancia fundamental para toda la sociedad. Es el lugar donde un gran número de individuos, comparten en su encierro «una rutina diaria, administrada formalmente». Ella implica siempre un proyecto técnico, y después de la lenta acumulación de los proyectos de reformas, que dieron como resultado la definición más o menos coherente de la “técnica penitenciaria” (insisto siempre en esta palabra) es que hoy, cuando se habla de reforma, debe reconocerse finalmente la comprobación del éxito del sistema o de su fracaso. Estos funcionarios no conocen esta compleja técnica penitenciaria; creo que esto parece no convencerlos, ni disuadirlos, razón por la cual no entendemos cómo podría tener éxito su iniciativa de transformar la prisión.
La edad del sistema penitenciario el próximo 26 de junio será de 22 años (ese día está dedicado al servidor penitenciario) y no son los que ahora dirigen el problema. No son parte de la historia de la institución penitenciaria; no deberían ser los que dirijan ahora. Personalmente creo, que se “hacen en la función”, porque –como dije– el sistema está vertebrado para servirles a ellos, de lo que obtienen grandes sueldos, en más de RD$ 100,000.00. y otros privilegios, gracias al poder de los reclusos que en nada se benefician.
No tiene efecto alguno que cualquiera exprese por algún medio decir que hay que sustituir visceralmente a las autoridades actuales por otras, que de seguro actuarán de acuerdo a experiencias penitenciarias que se vinculan más a la realidad judicial de los confinados. Lo que han hecho otros países es involucrar al Congreso de la nación en la reforma, a fin de solicitar un informe-diagnóstico de la institución, incluyendo la opinión de los pobres reclusos, a quienes nadie ha pensado nunca incluir en reforma alguna, para luego hacer sus recomendaciones, a veces muy duras para sus funcionarios.
¿Cuáles son los objetivos a que aspira la reforma?, ¿qué debe abarcar esta reforma penitenciaria? Esa es la pregunta que todos debemos pensar. Puesto que aspirar más allá es inútil. Quizá mi opinión al respecto no sea importante, pero una cuestión es clara: Las personas que están al frente de la institución no tienen la calidad (profesión, título), ni la experiencia (tiempo en la institución), y creo que tampoco la capacidad para enfrentarla (valor personal, probidad, identidad y carácter); el trabajo de prisión es un acto desinteresado de amor por los reclusos, el visitador del preso (tal como decía doña Concepción Arenal) es una forma de modestia que tiene sus derechos. Ya que ellos no están dispuestos a aceptar la realidad del verdadero problema, es necesario definir esto: la prisión no la deben dirigir ni políticos ni policías. De hecho no la dirige una persona en particular, sino una concepción de dirección, en la que se piensa exista un Consejo Superior Penitenciario. Y en la que un simple director de un penal no sea una pieza decorativa, sino un verdadero director, con derecho a informar de aquello que ha ocurrido en su cárcel, por encima de cualquiera, como cuando Timothy McVeigh fue ejecutado, que el director de ese simple penal anunció que el condenado esta clínicamente muerto; no es como cuando ocurren los incendios en los nuestros, que la comisión investigadora del siniestro nunca está la integra el alcalde del penal, ni mucho menos participa el recluso, que a esta altura nadie ha pensado en organizarlo.
Los puntos de la reforma no son más de tres, pero eso de debe a que quienes esto plantean son conocedores de la institución, en un grado científico. Porque todo el problema carcelario, igualmente es un problema de cientistas, y todos sabemos como es la ética de un hombre de ciencia, consagrado a su materia.
El sistema tiene que ser revisado, y deseo subrayar que esto no se ha implementado nunca. La ENAP no es puede traducir la medida de esa revisión. Y además decir que como organismo trabajó al principio de forma independiente de la Dirección General de Prisiones y el puesto superaba (y aún supera) en sueldo al mismo director, lo cual es un mal síntoma. Aunque no se quiera admitir, este puesto es por concurso de oposición externa, y esto nunca se hizo. El flamante director de la ENAP es rechazado por la opinión pública compuesta por los juristas y los miembros de la comunidad que están pendiente de sus reclusos, pero él ha vertebrado un sistema para él, pero que fue bendecido por el procurador general anterior, que se desempeñó como por encantamiento, como un don Quijote.
La reforma es entendida como un problema, y de ello deriva resolver asuntos que tiene que ver con su funcionamiento y eficacia; desde el punto de los objetivos, será necesario describir el marco legal del sistema carcelario, tomando en cuenta que existe un nuevo lenguaje en la justicia procesal penal, y que el tema penitenciario siempre ha dependido de esta reforma, que ahora incluye normas constitucionales y convenios internacionales, que ha involucrado a los nuevos jueces de ejecución, y que la ley penitenciaria existente no está sincronizada con ese nuevo encuadramiento jurídico. La ley de prisiones ya no sirve, durante todos estos años careció de un reglamento, algo que ya es inaceptable.
No acostumbro a apoyarme en experiencias ajenas, pero la legislación penitenciaria costarricense, para referirme a un modelo, primero cambió el nombre a la institución y la llamó Dirección General de Adaptación Social, porque ese es el fundamento de que exista una institución de ese tipo; y en segundo lugar, en ese mismo modelo, existen en ese país, múltiples reglamentos para regular todo tipo de organizaciones relacionada con la Administración Penitenciaria (el Reglamento de Visita de los Centros del Sistema Penitenciario, el Reglamento de Valores en Custodia y Fondo de Ayuda a los Privados de Libertad del Sistema Penitenciario Nacional, Reglamento de Derechos y Deberes de los Privados y las Privadas de Libertad, Reglamento de Visita Intima y el Reglamento Orgánico y Operativo de la Dirección General de Adaptación Social, entre otros). El Instituto Nacional de Criminología está integrado a su Sistema de Adaptación Social, y es el encargado de armar la estrategia del tratamiento, de emitir el diagnóstico criminológico que sirve de base para la segregación de los internos, y realiza la investigación criminológica correspondiente para mantener una estadística criminológica que permita a la Dirección establecer las causas, frecuencia y formas de criminalidad nacional con respecto a los distintos factores etiológicos, ya que con apoyo de esas investigaciones puede saberse el por qué la gente va a la prisión, y qué recomendar para disminuir el encierro penitenciario, aunque éste sea rehabilitador. Recordemos que la mejor cárcel es aquella que sencillamente no existe, o aquella que es la menos cárcel.
El sistema penitenciario se encuentra en una evidente etapa de transición; sin importar el antes, en los que diagnosticar el sistema era analizar las condiciones en que viven los encarcelados abarcando las esferas de: infraestructura, alimentación, atención médica, trabajo, educación y drogadicción (léase Normas Mínimas); el futuro ha de consistir en renunciar a esa concepción gris de la delincuencia penal (las prisiones), que llenó de prejuicios al Estado, y propició muchos intereses a quienes le sirvieron. En todo caso, nos gustaría exponer nuestro plan de la reforma penitenciaria integral en una conferencia inaugural, si el gobierno está dispuesto a abrir un foro de discusión, con los otros actores del problema, la comunidad. Y por qué no, resucitar las recomendaciones del maestro Leoncio Ramos, padre de la criminología dominicana sobre la reforma del problema carcelario.