NUEVA YORK.-El gobernador George E. Pataki acaba de firmar la legislación que exige a todos los agresores sexuales de clasificación 2, incorporarse al listado disponible en Internet junto a los agresores sexuales de clasificación 3 actualmente en la lista. La ley también expande la notificación pública respecto para los agresores sexuales de clasificación 1. "Por años hemos luchado para reforzar a la Ley Megan de diferentes formas, en particular logrando que la información sobre los agresores sexuales esté fácilmente disponible en Internet. Así las familias de Nueva York tendrán la mayor información posible para proteger a sus seres queridos. Me enorgullece firmar esta enmienda que nos acerca aún más a tal objetivo". dijo con el orgullo de un deber cumplido el gobernador del Estado de Nueva York, George Pataki.
“Hasta ahora, usted no podía saber si un agresor sexual de clasificación 2 vive en su vecindario, a menos que no tuviera el nombre y otra información personal particular de la persona, como número de Seguro Social o licencia de manejar".
Es gracias a esta ley y su enmienda firmada por el gobernador de los nuyorquinos podrán verificar si algún agresor sexual de alto o moderado riesgo vive en su vecindario. "Sólo ingresando a nuestro portal web y buscando por ubicación geográfica. Esto permitirá a todos estar mejor informados para mantener a nuestras familias seguras”.
"El pasado enero firmé una expansión a la ley Megan para asegurar que todos los agresores sexuales permanecerán enlistados el mayor tiempo posible – en muchos casos de por vida. Dije en ese momento que debemos incluso hacer más por brindar los recursos a los padres para proteger a sus niños y familias. Esta nueva expansión es indudablemente otro paso en la dirección correcta, pero aún hay mucho trabajo por hacer", agrego el gobernador de la ciudad de Nueva York.
Bajo la ley previa, solamente los delincuentes sexuales de clasificación 3 (alto riesgo de reincidencia) eran enlistados y fácilmente rastreados en Internet. Bajo la nueva enmienda, se espera que todos los ofensores de clasificación 2 sean incorporados al directorio cibernético de la División Estatal de Justicia (DCJS en inglés), para mediados de julio. Pataki ha propuesto que todos los agresores sexuales sean registrados en Internet desde 2004.
Esta expansión a la Ley Megan exige que más de 8,000 agresores sexuales de clasificación 2 (riesgo moderado de reincidencia), sean incluidos en el portal de DCJS, bajo el “Registro de Criminales Sexuales de Nueva York”. DCJS calcula que esto incluye a aproximádamente 150 agresores de clasificación 2 en el condado de Nassau y 300 en Suffolk.
La ley también expande el proceso de notificación pública sobre los criminales sexuales de clasificación 1, autorizando que la policía local provea información sobre su presencia en la comunidad. Esta legislación fue ratificada el pasado 23 de junio y es efectiva de inmediato.
Chauncey G. Parker, director de DCJS, indicó: "Por años, el gobernador Pataki ha estado defendiendo un plan exhaustivo para los agresores sexuales que residen en Nueva York y hoy estamos a un paso más cerca de lograr este objetivo. Incrementando la cantidad de información acesible al público en Internet y permitiendo que agentes de la policía notifiquen a la comunidad sobre todos los agresores sexuales en sus vecindarios, cada neoyorquino tendrá más información para tomar las decisiones que mejor protegen a sus seres queridos".
Laura Ahearn, directora ejecutiva de la organización Padres por la Ley Megan, dijo: "Proteger a los niños de predadores sexuales exige que constantemente evaluemos lo que funciona y qué más necesitamos hacer. Nueva York ha tomado un paso gigante por la seguridad de nuestros niños reconociendo la necesidad de promulgar esta legislación que provee a los padres información sobre los agresores sexuales que viven en nuestras comunidades. Nunca hay mal momento para hacer lo correcto por nuestros niños. Aplaudo al gobernador por su liderato y por hacer de nuestros niños una prioridad consistente".
En los últimos diez años el crimen violento en el Estado de Nueva York se ha reducido en una mitad. El crimen está en sus niveles más bajos desde que el sistema para la compilación de estadísticas fue establecido hace casi 40 años.
La Ley Megan de Nueva York
Fue establecida en 1996 y enmendada en 1999, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, la Ley para el Registro de Ofensores Sexuales del Estado de Nueva York (Ley Megan de Nueva York) requiere el registro como agresor sexual de cualquier persona convicta por un crimen sexual o intento de crimen sexual. Actualmente hay más de 40 delitos elegibles en el Estado de Nueva York.
La ley estatal exige que los agresores sexuales de clasificación 3 permanezcan en el registro de por vida. Los de clasificación 2 deben permanecer de por vida, pero pueden solicitar al tribunal su remoción tras 30 años, si no son considerados predadores sexuales, criminales sexuales violentos o criminales sexuales declarados. Los agresores de clasificación 1 deben permanecer en el registro durante 20 años, si no son designados predadores sexuales, criminales sexuales violentos o criminales sexuales declarados.
Como impone la enmienda de 2002, y a sugerencia del gobernador Pataki, cualquier agresor considerado predador sexual, criminal sexual violento o criminal sexual declarado, deberá permanecer registrado de por vida sin contar su clasificación de peligrosidad.
Anteriormente el público podía obtener información relacionada a los agresores sexuales de clasificación 3 a través del Iternet, agencias del bien y el orden, y la Línea Informativa del Registro de Ofensores Sexuales, (800) 262-3257. La información sobre los agresores sexuales de clasificación 2 podía obtenerse de agencias de servicios determinadas y solo en la línea informativa. Las informaciones de los agresores sexuales de clasificación 1 podía obtenerse también llamando a la línea informativa Para obtener la información había que proveer el nombre de la persona sobre la cual se estaba llamando, ademas de uno de cuatro estos cuatro requisitos: Número de licencia de manejar, número de Seguro Social, fecha de nacimiento o dirección exacta de la persona.
Ninguna otra información sobre agresor sexual podia ser provista. Si el agresor sexual es de clasificación 2 ó 3, se puede proveer además el delito cometido para la condena, el modo de operación criminal y tipo de víctima en riesgo. En caso de un agresor sexual clasificación 2, quien llama puede conocer la dirección aproximada del agresor basado en el código postal.
Con la ratificación de la nueva enmienda, firmada por el gobernador Pataki, las agencias pueden proveer información sobre todos los agresores sexuales registrados, incluyendo dirección aproximada basada en código postal para los agresores sexuales de clasificación 1 y 2, y la dirección exacta para los de clasificación 3. En adición, toda la información, incluyendo dirección exacta para los de clasificación 2 y 3, estará disponible en el portal www.criminaljustice.state.ny.us.
La información sobre los agresores sexuales de clasificación 2 será agregada al portal a mediados de este mes. Los que contactan la línea preguntando sobre agresores sexuales de clasificación 1 tendrán acceso a la información de inmediato.
El efecto práctico de la ley previa era que una persona que se muda a un nuevo vecindario no podía conocer si algún agresor sexual de riesgo moderado residía en su área, a menos que no conociera información personal específica de éste(a), incluyendo el nombre, o alguna agencia del bien y el orden notificara a la comunidad. La nueva enmienda aborda esta situación permitiendo que el público encuentre en el directorio Internet a todos los agresores sexuales de clasificación 2 y 3 por ubicación geográfica, proveyendo información fácil y accesible a quienes la necesitan.
La Ley para el Registro de Agresores Sexuales impone cuatro procedimientos distintos para notificación comunitaria. Primero, las agencias locales del bien y el orden son informadas cuando se muda un agresor sexual a la comunidad, y las agencias entonces notifican a la comunidad. Asimismo, DCJS mantiene la información oficial sobre agresores sexuales de clasificación 2 y 3 en su portal web. La agencia también mantiene actualizada la línea telefónica (1-800-262-3257) y produce un subdirectorio de agresores sexuales, disponible a las agencias policiales.
Actualmente hay más de 23,000 agresores sexuales enlistados en el registro. La enmienda firmada por el Gobernador George Pataki, hace que las agencias del area y que dicen defender a la mujer, a los menores y ancianos se mantengan al día recibiendo y dando información sobre los agresores sexuales.
La agresión sexual esta presente en los barrios latinos y no latinos de Nueva York En la comunidad dominicana, muy poco se conoce o divulgan las agencias de servicios sobre estos delitos.
En la actualidad un caso ocupa la atención en la comunidad dominicana, se trata del Presidente del Partido de la Liberación Dominicana en Nueva York, el señor Frank Cortorreal, quien fue acusado por otra dirigente del PLD y funcionaria cultural del gobierno del doctor Leonel Fernandez Reina en la urbe.
Ella se quejó ante la fiscalia de Manhattan de la conducta sexual del señor Cortorreal, a quien acusa de haberle tocado alguna parte de su cuerpo sin su consentimiento en un lugar público frente a testigos.
Cortorreal fue conducido a prisión y puesto en libertad tras el pago de una fianza. Ambos tendrán que comparecer en corte el 17 de este mes, por lo pronto Cortorreal fue fichado a torno con la ley y aunque se desconoce el grado que le corresponde en materia de abusos y crímenes sexuales, la Enmienda firmada por Pataki afectará la imagen del vocero oficial del PLD en Nueva York, de aparecer su nombre por obligatoriedad en la lista del portal www.criminaljustice.state.ny.us.