SANTO DOMINGO.-La presentadora y productora de televisión Nuria Piera fue descargada de la acusación que por difamación e injuria le formulara el ex fiscal Prim Pujals Nolasco.
El Magistrado Juez de la Deudécima Sala de la cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del D.N., Dr. Teófilo Andujar, descargó a Nuria Piera, de haber difamado e injuriado al doctor Prim Pujals Nolasco, cuando reprodujo una entrevista de la Ex-Fiscal del D.N Sra. Josefina Juan Vda. Pichardo.
Diario DigitalRD.Com, se hizo eco de una información publicada en otro medio electrónico, en la que se daba cuenta que Piera había sido condenada.
La productora de televisión llamó posteriormente al director de este diario y le explicó que en realidad ella había sido exonerada de culpa y procedió a enviar una nota con los detalles de la sentencia.
Mediante sentencia de fecha 19 de julio del 2006, el tribunal declaró no conforme a la Constitución de la República, así como al artículo 13 de la convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José Costa Rica), las disposiciones de los artículos 46 y 47 de la Ley No.6132 Sobre Expresión y Difusión del Pensamiento.
A juicio del tribunal, la periodista Nuria Piera, se encontraba protegida por las previsiones del artículo 13 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, el cual consagra la libertad de expresión como derecho fundamental.
Este derecho comprende una segunda dimensión, que es la social, la cual conlleva que el ejercicio de este derecho es un medio para intercambio de ideas e informaciones entre las personas, implicando también el derecho de todos a conocer opiniones, relatos y noticias vertidas por un tercero.
También consideró el tribunal que toda norma del derecho interno que implique limitación del derecho a libertad de expresión, es contraria y violaría principios contenidos en el denominado de la Constitucionalidad (Constitución de la República, Convención Interamericana Sobre Derechos Humanos, Jurisprudencia de la Corte Americana Sobre Derechos Humanos).
Esta sentencia se enmarca dentro de la corriente establecida por la Corte Interamericana Sobre Derechos Humanos, en el caso del periodista Herrera Ulloa contra del Estado de Costa Rica, y sienta un importante precedente sobre la materia.
El precedente constituye un triunfo para la democracia dominicana, porque asegura y protege el derecho fundamental de la libertad de expresión, y sobretodo el derecho de los ciudadanos de conocer de las conductas de sus funcionarios o servidores públicos.
De esta manera finaliza un largo proceso penal, originado como consecuencia de una querella penal interpuesta por el Prim Pujals Nolasco, en contra de la periodista Nuria Piera y de la ex fiscal del D.N., Dra. Josefina Juan de Pichardo, por supuestamente haber incurrido en difamación e injuria.