SANTO DOMINGO.-El gobierno dispuso este martes el patrullaje mixto en las calles de las ciudades para combatir la delincuencia y la criminalidad que azota a los dominicanos. El presidente Leonel Fernández emitió varios decretos, en uno de los cuales instruye al uso de patrullas de militares y policías y en otro que limita el expendio de bebidas alcohólicas y los centros notcutnos.
Esta manama la plana mayor de los cuerpos castrenses sostuvo una reunión de trabajo para diseñar la logística para la integración de sus miembros al combate de la delincuencia, tal y como dispuso anoche el presidente Loenel Fernández.
Pared Pérez, dijo que la salida de los cuerpos castrenses a las calles en patrullas mixtas con los agentes de la Policía Nacional se hará lo antes posible.
"Lo más rápido posible, es cuestión de 48 horas a más tardar, no va a ser más de ahí, porque la idea es esa, que se lleve a ejecución inmediatamente", explicó.
De su lado, el director de la Dirección Nacional de Control de Drogas, vicealmirante Iván Peña Castillo, calificó de acertado que se integren a los demás organismos de inteligencia del Estado a la lucha contra el narcotráfico.
En ese sentido, dijo que el trabajo mancomunado de los distintos organismos de seguridad va a ser decisión en la lucha contra el grafico de drogas.
El Presidente Leonel Fernández emitió tres decretos para regular la venta de bebidas alcohólicas, el uso de armas de fuego e instruye a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional a patrullar en horario nocturno a fin de erradicar la violencia y criminalidad que afecta al país.
En el decreto 308-06 el Jefe de Estado dispuso que a partir de la entrada en vigencia de esta disposición, la venta de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión, será hasta las 12:00 de la noche, de domingo a jueves, mientras que los viernes y sábados establece que es hasta las 2:00 de la madrugada.
Precisa que la violación a estas disposiciones, podrá dar lugar al cierre temporal o definitivo de los establecimientos que incurra en dicha violación, así como la cancelación de los permisos para operar, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos.
En el decreto 309-06 el Poder Ejecutivo prohíbe a partir de este momento, la importación de armas de fuego, las partes de estas y sus municiones para el comercio con particulares.
Se consideran armas de fuego , las partes y municiones indicadas en el artículo uno y dos de la ley número 36 del 17 de octubre de 1965, según explica el decreto.
El mandatario precisa que la Secretaría de Interior y Policía, deberá velar por el fiel cumplimiento de estas dos disposiciones y promover las acciones necesarias de conformidad con las leyes.
Además, en el decreto 310-06 el Presidente Fernández instruye a la Secretaría de las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, para que procedan a realizar patrullajes en todo el territorio nacional en horas de la noche, a cargo de patrullas integradas por efectivos de los diversos cuerpos armados.
Al término del Consejo de Gobierno Ampliado el primer mandatario anunció una serie de medidas que el Estado pondrá en ejecución conjuntamente con los cuerpos armados, los empresarios, la iglesia, la sociedad civil y las organizaciones comunitarias para dar respuestas contundentes a la demanda de la población con relación a los actos delictivos, lo que motivó la emisión de estos decretos.