El honorable Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo rechazó la solicitud formulada por varias centenas de profesores para que sea convocado el Claustro Mayor. Tal decisión se fundamentó en los argumentos de que “no existe la figura jurídica de Claustro Presencial en nuestro Estatuto Orgánico” y de que el “saneamiento” no es materia del Claustro. Además, que ya hay una convocatoria del “Claustro de Reformas”, entre otros.
Al parecer, el honorable Consejo Universitario, para tomar la decisión referida, no valoró los siguientes elementos:
1.- Aunque taxativamente no existe la denominación de “Claustro Mayor Presencial”, el adjetivo de “presencial” sobra, porque además de que queda tácito, el mismo lo que alude o aclara es que haya debates con la presencia de sus miembros. Resulta que el único Claustro sin debates es el que consigna el Estatuto Orgánico en el artículo 28 letra (a), el cual tiene la atribución de elegir al Rector y a los Vicerrectores.
2.- El tercer párrafo del articulo 28 del Estatuto Orgánico ordena que “El Rector deberá convocar al Consejo Universitario dentro de las 72 horas de recibida la convocatoria a Claustro y fijar la fecha para su celebración en un plazo no mayor de 30 días, luego de haberse recibido la solicitud”. Es, por tanto, el propio Claustro, el que puede decidir si discute la agenda que se le ha sometido o si la refiere a un organismo inferior.
3.- El artículo 131 establece lo siguiente: “El Claustro Mayor, mediante resolución del 27 de septiembre del 2000, dispuso el reordenamiento ambiental, ético, moral y físico de la Universidad”. Se colige que el saneamiento ha sido materia del Claustro mayor, por tanto, ese mismo organismo debe conocer si tal disposición ha sido cumplida fielmente o no.
4.- El Claustro convocado sólo para conocer y aprobar reformas no resuelve el conjunto de prácticas violatorias de las prescripciones estatutarias en que han incurrido autoridades y organismos universitarios durante varios períodos de gestión como son, entre otras las siguientes:
De acuerdo con el articulo 29, el Claustro Menor debe “aprobar las políticas del período de gobierno de las autoridades electas” lo que hasta el momento ninguna autoridad ha cumplido;
Según el artículo 32, corresponde al Consejo Universitario “representar la universidad y fijar su posición frente a la sociedad y a la opinión pública”; pero son incontables los casos en los que autoridades de distintos rangos emiten y fijan su posición personal como si fuera de la institución;
El mismo artículo faculta al Consejo Universitario para “Nombrar a los Directores de los Organismos Académicos Comunes…; Crear y suprimir cargos administrativos y docentes así como autorizar el nombramiento de los funcionarios y empleados de la universidad…” Estas funciones han sido suplantadas por los señores Rectores desde hace varios períodos. Además, nombran personas en cargos que no existen y a varias personas las designan en un mismo cargo.
El artículo 90 establece que “en ningún caso se podrá encomendar a un profesor la enseñanza oral durante más de quince horas a la semana…”. Sin embargo, hace años que se obliga al profesorado a financiar la institución con una carga de 40 y más horas semanales para que éste pueda recibir un salario que ni siquiera le permite vivir dignamente, lo que afecta sensiblemente la calidad académica y la vida misma del docente e impide que éste dedique tiempo a su superación personal y a labores de investigación y de extensión.
El artículo 91 señala que “Todas las cátedras vacantes y las de nueva creación, se cubrirán por oposición. Sin embargo, ya se ha convertido en una práctica en algunas Facultades la contratación directa de personal docente sin concurso.
El artículo 100 manda que “Las promociones de categorías académicas serán ejecutadas de forma automática al término del cumplimiento de los requisitos…”. La realidad es otra, porque los profesores y profesoras ven pasar los años esperando que se ejecuten sus promociones, y cuando acuden a realizar algún reclamo, sufren diversas vejaciones y humillaciones.
El párrafo único del articulo 131 establece que “Sólo el Claustro Mayor podrá autorizar el establecimiento de negocios propiedad de particulares en el campus universitario”. Hoy operan negocios de particulares en la UASD.
Ya se ha convertido en una práctica por parte del honorable Consejo Universitario, la designación interina de profesores en cargos electivos de organismos cuyas asambleas están en capacidad de hacer la elección como manda el Estatuto Orgánico.
Debilidades diversas han sido denunciadas en algunos programas de postgrado, que ponen en tela de juicio la autoridad académica de la institución por la tolerancia e indiferencia que se ha tenido frente a ellas.
El Claustro debe ser convocado, para conocer las reformas y para que éste emita una resolución de RECONVENCIÓN, que ordene a todas las autoridades y organismos de dirección, retomar la institucionalidad en sus actuaciones, ciñendo las mismas a las disposiciones estatutarias, orientadas por los criterios establecidos en el artículo 7: “Un criterio moral, que obligue…a respetar… los principios éticos”; “Un criterio económico.., que permita a la sociedad un máximo rendimiento con la menor inversión de sus disponibilidades financieras y sin duplicidad de esfuerzos”.
Impulsemos un Claustro que fortalezca la institucionalidad, no que la interrumpa, porque la Universidad Autónoma de Santo Domingo necesita estabilidad y armonía para que nuestros alumnos aprovechen el tiempo al máximo y la Sociedad Dominicana coseche cada vez mejores frutos del trabajo fecundo de esta cuatricentenaria Academia.
El proceso de modernización física de la UASD que ejecuta el Gobierno Dominicano, debe estar acompañado de una diáfana, ágil y visionaria reforma que adecúe su estructura, su currículo, sus procesos y el estilo gerencial de sus autoridades, a las necesidades que demandan la sociedad de hoy y del futuro. El Claustro es una oportunidad, no una amenaza. Debe ser convocado para que se discutan en ese superior escenario democrático, todas las propuestas que fortalezcan nuestra institución y le permitan seguir avanzando.