La medida de Interior y Policía significa un nuevo motivo de asedio y fastidio para los ciudadanos, ya que por simple sospecha y sin haber cometido ninguna infracción, siempre podrían ser detenidos en las calles y carreteras del país, con el riesgo adicional de que la coyuntura pudiera ser aprovechada por los delincuentes para la comisión de fechorías contra personas indefensas.
La decisión del Secretario de Interior y Policía, Franklin Almeida Rancier, de prohibir el consumo de bebidas alcohólicas en vehículos de motor, parece revestida de buenas intenciones -no hay por qué dudarlo- pero podría resultar que en la práctica se convierta no solo en una de las tantas medidas efectistas del Gobierno, que generalmente se diluyen al poco tiempo sin ningún resultado positivo, sino también en un nuevo mecanismo para acosar a los ciudadanos y someterlos al consabido “macuteo” de las mal pagadas autoridades del orden público.
Mediante la resolución número 03-06, el titular de Interior y Policía desborda principios legales y constitucionales, ya que el artículo 93 de la Ley 241, sobre Tránsito, solo prohíbe conducir en estado de embriaguez, pero no prohíbe que los pasajeros que transitan en un vehículo puedan consumir algún tipo de bebida alcohólica. Pero, además, la propia Constitución de la República establece que: “A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda ni impedírsele lo que la ley no prohíbe”.
Es evidente que la medida no fue razonablemente pensada, asumiendo que no se trata de una bellaquería, porque se anuncia precisamente en la época del año en que por razones culturales la gente es más propensa a participar en fiestas y a compartir en un ambiente de tragos.
Una cosa es prohibir que el conductor beba y otra muy diferente es amenazar con castigar al chofer si algunos de los pasajeros se toman un trago. La disposición de Interior y Policía atribuye a los conductores de vehículos públicos y privados la responsabilidad de requisar previamente a las personas que trasladen en sus vehículos, so pena de pagar la culpa por un delito ajeno, en violación de un reconocido principio constitucional.
La medida de Interior y Policía, por muy bien intencionada que esté, resulta grosera, abusiva e improcedente, tanto por la época del año en que se adopta, cuando casi todo el mundo se toma su trago, como por la propia condición de destino turístico del país. No creo que en ningún otro lugar del mundo se pueda incautar un vehículo y retener a decenas de turistas porque algunos de ellos se tome una cerveza.
Ojala los buenos deseos del Secretario de Interior y Policía lo animen a examinar otras disposiciones legales relacionadas con el tránsito vehicular que prácticamente nadie cumple. Por ejemplo, la ley que prohíbe transitar en motocicleta sin casco protector, la que prohíbe hablar por celular mientras se conduce un vehículo, la que obliga a usar el cinturón de seguridad, la que regula el número de personas que se pueden montar un vehículo de acuerdo a su capacidad, la que prohíbe cruzar los semáforos en rojo, la que penaliza la velocidad temeraria, y el decreto presidencial que prohíbe el uso de vehículos oficiales durante los fines de semana.
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