SANTO DOMINGO.-El Presidente de la Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario aclaró este viernes que la resolución 001-2007 emitida por ese organismo no traza pauta a la comisión organizadora de la convención del PRD. Rosario indicó que más bien en la misma se declaran incompetentes para conocer asuntos relacionados con el proceso de convención porque no están para tratar contiendas.
Indicó que con relación al pedimento de la comisión organizadora para que se integraran a una comisión de escrutinio, también rechazaron ese pedido, en vista de que no están para sustituir las autoridades legítimas de un partido.
Rosario dijo que a los Partidos Políticos no les gustan que los controlen por lo que su labor es solamente observar y supervisar el proceso de convención.
Expresó satisfacción por las declaraciones del secretario general del PRD, Orlando Jorge Mera de que entregarán este lunes las documentaciones requeridas para supervisar la convención del 28 de enero próximo.
“La Cámara lo que ha dicho, lo que le está advirtiendo al PRD es lo siguiente, si no nos dan la información a tiempo sería inútil la supervisión y al partido que mas le conviene la supervisión es al PRD y a los otros partidos que vengan” dijo el magistrado Roberto Rosario.
Manifestó que la supervisón de la JCE a los procesos internos de los Partidos Políticos busca robustecer la legitimidad de esos eventos, “es decir el espíritu de la cámara administrativa de la JCE es contribuir a la fortaleza del sistema de partidos”, agregó.
Garantizó que realizarán su labor de supervisor y de vigilancia y dirán lo que está bien y lo que está mal. Dijo que la Cámara administrativa de la JCE establecerá los límites de su supervisión “y en esa resolución la Junta va a decir lo que se define como supervisión y vigilancia, empieza desde aquí y termina hasta aquí, con lujos de detalles para que no haya confusión”, dijo el magistrado Roberto Rosario al ser entrevistad en el programa el gobierno de la tarde que se transmite por la emisora Z-101.