SANTO DOMINGO.'El presidente Leonel Fernández envió este lunes a Congreso Nacional, vía la Cámara de Diputados, el proyecto de ley para la recapitalización del Banco Central, a fin de cumplir con el primer punto del acápite siete de la Carta de Intención del Fondo Monetario Internacional (FMI). Este proyecto de ley, enviado por el Poder Ejecutivo al presidente de la Cámara de Diputados, licenciado Julio César Valentín, sustentará el Plan de Recapitalización para el Banco Central, aprobado por la Comisión Interinstitucional de Alto Nivel con la asistencia del FMI el 25 de julio de 2006.
La referida ley deberá establecer los mecanismos legales y financieros para la efectiva implementación de este plan, tomando en cuenta la tendencia instituida a nivel internacional de que el Estado, en su calidad de propietario de los bancos centrales, sea quien cubra las pérdidas de éstos mediante distintos mecanismos, como son la emisión de bonos para la recapitalización de los mismos, el traspaso directo de fondos, los aportes de financiamiento internacional a largo plazo y la captación de fondos obtenidos del desarrollo del mercado de otros títulos.
El Presidente de la República destaca en su misiva al Congreso Nacional la importancia y trascendencia de esta pieza legislativa, la que contribuirá a la estabilidad macroeconómica en el mediano y largo plazo, dotando así a la República Dominicana de un instrumento legal readecuado a los nuevos tiempos.
El mandatario sustenta la motivación de este proyecto de ley en las causas de las pérdidas cuasifiscales del Banco Central, las acciones y ejecutorias adoptadas por las actuales autoridades a partir del 16 de agosto de 2004, los fundamentos del Plan para la Recapitalización y el alcance de esta pieza.
Resalta doctor Fernández que el Plan de Solución Integral para la Reducción del Déficit Cuasifiscal del Banco Central, enmarcado dentro de un nuevo Acuerdo Stand-by con el FMI, está sustentado en cuatro pilares, siendo uno de ellos el cambio del perfil de la deuda en certificados del Banco Central a fin de contribuir a la reducción de los gastos financieros y/o del déficit cuasifiscal, en coordinación con la Política Monetaria y a través del Comité de Operaciones de Mercado abierto de la institución financiera dominicana.
También se sustenta en el establecimiento de los multi-esquemas para la realización de activos del propio Banco Central y los recibidos de las entidades rescatadas a través del Comité de Políticas para la Realización de Activos (COPRA). Se contempla además el apoyo del Gobierno a la solución del déficit cuasifiscal mediante un Plan de Recapitalización y la planificación de la redención gradual y oportuna de los certificados y saneamientos financieros de esta institución vista la magnitud y gravedad de la problemática.
“Por lo antes expuesto, señores congresistas, es que nos hemos identificado con la idea de que los planes de recapitalización de los bancos centrales constituyen estrategias necesarias para contribuir a ese saneamiento mediante mecanismos modernos, transparentes y de mercado”, significó el mandatario.
Explica el inadecuado manejo monetario de la crisis financiera del 2003, ocasión en que el Banco Central concedió facilidades de liquidez inorgánicas de 105 mil millones al 17 de agosto de 2004 debido al colapso de tres importantes entidades financieras del país.
El doctor Fernández destaca que esta grave distorsión monetaria se tradujo en alta inflación, devaluación, caída del Producto Interno Bruto, desempleo, aumento de la pobreza, significativo deterioro de la calidad de vida de los dominicanos y desconfianza entre la población.
El diseño del plan sometido hoy al Congreso fue planteado por la Comisión de Alto Nivel tomando en cuenta el hecho de que la emisión de los bonos del Estado estipulada en el artículo 82 sería a 50 años, con 10 de gracia para el capital e intereses y con una tasa de un dos por ciento anual a partir del onceavo año, conllevaba a que en los primero 10 años el Banco Central recibiría flujo alguno que pudiera contribuir a la absorción de las pérdidas acumuladas y atenuar las futuras. Además, se vio la necesidad de modificar la Ley Monetaria y Financiera a fin de recoger en una ley-marco aparte las nuevas características de los bonos o títulos del Gobierno.
Resalta que este proyecto de ley otorga responsabilidades específicas a las instituciones involucradas en todo el proceso de recapitalización del Banco Central, como son esta misma entidad, la Secretaría de Hacienda, el Consejo de Deuda Pública y la Dirección General de Crédito Público.
Asimismo, el Gobierno contempla en el referido proyecto una escala de las transferencias que el Estado deberá consignar anualmente en el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos por concepto del pago de los intereses de los bonos que hayan sido emitidos para la capitalización del Banco Central, que equivaldrían a 0.5 por ciento del PIB en el primer año y a un máximo de 1.4 en el décimo año ,a los fines de aumentar los ingresos de la institución financiera nacional.
A partir del 2017, con las ganancias que empezaría a registrar el Banco Central, se iniciaría el proceso de amortización o pago del capital de los bonos de recapitalización del banco emitidos por el Estado dominicano, con lo que se completaría de manera gradual y manejable la recapitalización.
En el Proyecto de Ley el presidente Fernández dice que quedará establecido un plazo de 60 días desde la promulgación de esta pieza para que el Consejo de Deuda Pública conozca y apruebe el reglamento de aplicación de la misma.