Los inversionistas asignan sus recursos en función del rendimiento después de
impuestos y, por lo tanto, el capital invertido se distribuye de manera tal que dichos rendimientos, en el margen, se igualen entre demarcaciones geográficas y sectores económicos envueltos. Por ejemplo, suponga una inversión de $100 que rendirá $40 al año para el inversor en cualquiera de dos sectores de la economía, sin ningún impuesto sobre la renta.
Si ahora hay un impuesto del 25% de los ingresos netos, el rendimiento para el dueño del proyecto de inversión bajaría a $30, de nuevo, en cualquiera de los dos sectores.
Pero si en presencia del ISR, se instituye la exención del impuesto para inversiones realizadas en alguna Zona Franca o por incentivo legal especial y se logra invertir allí, el rendimiento vuelve a los $40.
Evidentemente, este inversionista, y todos los demás que pueda haber, tendrán el fuerte incentivo de trasladar sus operaciones al sector/ubicación exenta y salir de los sectores no exentos.
El incentivo de ir al sector exento existirá hasta que se haya invertido allí lo suficiente como para
bajar el rendimiento al $30. La inversión saldría del sector gravado y entraría al sector exento hasta que los rendimientos después de impuesto son iguales en cada sector: Por lo tanto, habrá menos capital invertido en el sector con mayor rendimiento para la economía, -rendimiento antes del impuesto-, y más inversión donde el rendimiento es menor.
Por ejemplo, el único beneficio para el inversionista extranjero en Chile es la garantía de estabilidad del
régimen tributario bajo el cual entró al país y el acceso al mercado formal de divisas para sus utilidades; la inversión extranjera en Chile ha sido significativa a lo largo de los últimos 15 años, así como entre otros países como Irlanda y Singapur.
Este último cambio ha sido negativo, en materia de la dispersión de las tasas de protección arancelaria efectiva, y por tanto para la asignación de los recursos nacionales.
Pero ha sido positivo para los sectores exportadores. En el mejor de los casos, ya que, como se señala más adelante, el resultado puede ser peor, dependiendo
del tratamiento tributario de la inversión misma
CASOS POSIBLES DE BENEFICIOS POR EXENCIÓN TRIBUTARIA Internacional
CAUSA y EFECTO
Cuando hay subsidiarias en países con tasas mayores de 35%. Sirve para consolidar ingresos de los países con tasas menores y mayores al 35%.
Cuando la empresa reporta pérdidas en USA. No podría descontar impuestos pagados en otros países en los EUA.
Cuando el pago de impuestos puede postergarse. Sirve para financiar inversiones en otras partes de mundo y postergar la entrada de utilidades a EE.UU., lo cual da ventajas de liquidez y capitalización a las empresas.
Fuente: Elaborado a partir de Agosin y otros (2004, p. 11)
En conclusión, alguna parte de la exoneración llegará a los EE.UU.
En vez de quedar en los países donde se generaron las utilidades.
La Alianza Bolivariana respalda la soberanía de Panamá frente a las declaraciones de Trump. Madrid,…
Joel Sosa Polanco enfrenta cargos por narcotráfico y lavado de activos. Santiago, República Dominicana.- El…
El presidente supervisa los daños y organiza asistencia para miles de afectados en la provincia.…
RD Vial libera el paso en peajes del país para celebrar en familia. SANTO DOMINGO,…
La DGSPC informa que el fallecimiento fue causado por un trauma contuso severo. SANTO DOMINGO,…
Frank Ceara lidera un espectáculo que celebra la música, la amistad y el verdadero espíritu…