SANTO DOMINGO.-El presidente de la República, doctor Leonel Fernández, dispuso mediante decreto número 255-07, un promedio de pagos del 1.2% para el financiamiento del Seguro de Riesgos Laborales, del Seguro Familiar de Salud, que deberá entrar en vigencia el próximo 1 de junio.
En ese sentido, el decreto divide en varias categorías el pago para financiar el Seguro de Riesgos Laborales, que en su segundo año de aplicación deberá pagarse en un 0.05% si la empresa aumenta o disminuye su índice de siniestralidad.
Explica que si al tercer año aumenta o disminuye de nuevo en la misma proporción, la cuota adicional a pagar subirá o bajará al tope máximo de 0.10%.
De manera concomitante con la disposición del Presidente de la República, quedaron modificados los artículos 20 y 21 del Reglamento sobre Riesgos Laborales, de la ley 87-01 de Seguridad Social, a fin de hacer posible la aplicación de la medida tomada por el Ejecutivo.
Tomando en cuenta la modificación del artículo 21, en lo adelante el seguro de riesgos laborales será financiado con contribuciones a cargo exclusivo de los empleadores, según lo establecido en el Artículo 199 dela Ley87-01.
Señala que la cuota adicional que se pagará conforme al grado de riesgo de cada empresa o entidad sería en base a cuatro categorías de riesgos del salario cotizable, 0.10%, 0.15%, 0.20% y 0.30%, respectivamente.
En los literales a) se establece que el pago se hará de acuerdo al catálogo de riesgos, en el cual aparece el tipo de riesgo que corresponde a cada actividad, en el b) explica que se hará una reducción adicional a las empresas o entidades de acuerdo con su desempeño medido mediante los índices de siniestralidad, y el en c) indica que para el cálculo de esos índices no serán tomados en cuenta los accidentes en el trayecto.