SANTO DOMINGO.-La Asociación de Empleados Universitarios (ASODEMU) anunció la presentación de un recurso de amparo para oponerse a una resolución de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que obliga a sus miembros a inscribirse en el Seguro Nacional de Salud (SENASA), en violación del principio de la libre elección consagrado en la ley 87-01 sobre Seguridad Social.
Empleados de la UASD recurren a los tribunales para ejercer derecho a elegir ARS
El gremio que a grupa a los empleados de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, (UASD) informó que la acción legal, a cargo de la Oficina de Abogados Pellerano & Herrera, será conocida en audiencia el próximo jueves 24 de mayo por el Tribunal Contencioso, Tributario y Administrativo, ubicado en la calle Presidente Vásquez del Ensanche Ozama..
El propósito de los empleados universitarios, que también es compartido por los profesores de la UASD, es ejercer el derecho a elegir su propia administradora de riesgos de salud, tal como lo establece uno de los principios rectores del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
El principio sobre la libre elección de la ley 87-01 dice que “Los afiliados tendrán derecho a seleccionar a cualquier administrador o proveedor de servicios acreditados, así como a cambiarlo cuando lo consideren conveniente, de acuerdo a las condiciones establecidas por la presente ley”.
La posición de ASODEMU fue dada a conocer en rueda de prensa encabezada por su presidente Juan Ureña y por decenas de directivos de ese gremio.
El recurso de amparo está dirigido específicamente a invalidar la resolución 112-2007, dictada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales el pasado once de abril.
La resolución firmada por el superintendente Fernando Caamaño ordena “a todas las administradoras de riesgos de salud autorizadas por esta Superintendencia para operar planes de salud en el territorio nacional abstenerse de inscribir cualquier institución del sector público centralizada, descentralizada o autónoma, que no tenga contratos vigentes de aseguramiento con una ARS, a la fecha de publicación de la presente resolución”.
La misma resolución ordena rechazar la carga de los empleados del sector público por ser parte “de la cartera exclusiva del Seguro Nacional de Salud”.
La resolución de la SISALRIL está basada en una disposición de la ley 87-01 que dispone que el Seguro Nacional de Salud tendrá a su cargo “todos los empleados públicos y de las instituciones autónomas o descentralizadas y sus familiares, al momento de entrar en vigencia la presente ley, excepto aquellas que tengan contrato de seguro hasta su vencimiento o las que tengan seguro de autogestión o puedan crearlo en los próximos tres años, después de promulgada la ley”.
La instancia legal de ASODEMU sostiene, sin embargo, que la igualdad de todos los usuarios del Sistema Dominicano de Seguridad Social es desconocida por la letra de la propia ley 87-01, que también invoca la igualdad y a la vez la destruye. Y agrega que “no existe ninguna causa que razonablemente justifique la diferencia de trato entre empleados públicos y privados, sobre todo cuando la propia ley proclama la libre elección como uno de sus principios rectores”.
Plantea que “tanto derecho tiene un empleado privado como un empleado público para elegir libremente la institución de la que desea recibir la prestación de los servicios y beneficios del Seguro Familiar de Salud”.
La dirección de ASODEMU califica la resolución como un acto contrario al espíritu y la letra de la ley 87-01, a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y a la Constitución de la República, que en su artículo ocho, ordinal cinco, consagra la igualdad ante la ley y expresa que la ley “no puede ordenar más que lo que es justo y útil para la comunidad ni puede prohibir más que lo que le perjudica”.
La instancia legal presentada por ASODEMU también invoca la resolución 1920-2003, del trece de noviembre del año 2003, que a su juicio implica un reconocimiento de que “la Constitución y el bloque de constitucionalidad son parte del ordenamiento jurídico dominicano, y les corresponde la primacía o soberanía sobre todas las demás fuentes de creación normativa que integren ese ordenamiento”.
El presidente de ASODEMU dijo que actualmente los empleados y profesores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo no cuentan con la protección de ningún servicio de salud, ya que la resolución de la SISALRIL les impide contratar la ARS de su preferencia para obligarlos a inscribirse en el SENANA, que no les garantiza la cobertura con la que contaban antes de tal disposición.