SANTO DOMINGO.- El Senado de la República aprobó en segunda lectura la Ley Municipal, que trata todo lo relativo al régimen municipal y las facultades de los ayuntamientos. “Este es un proyecto que va a rendir un servicio inestimable a la sociedad, se trabajo con sentido de centralidad, que la gestión municipal no puede andar al margen de la gestión del gobierno central y que al final, los recursos que reciben los ayuntamientos de la República Dominicana salen de los bolsillos de los ciudadanos”, dice Félix Nova al rendir el informe al hemiciclo.
Asimismo, los senadores aprobaron en dos lecturas consecutivas, en sesión extraordinaria, el proyecto de Ley de Presupuesto Participativo Municipal, el cual instituye el sistema de Presupuesto participativo que tiene por objetivo establecer los mecanismos de colaboración ciudadana en la discusión, elaboración y seguimiento del presupuesto del municipio, especialmente en lo concerniente al 40% de la transferencia que reciben los municipios del Presupuesto Nacional por la ley 163-03, que deben destinar a los gastos de capital y de inversión, así como de los ingresos propios aplicables a este concepto.
Sobre la Ley Municipal, el senador por Monte Plata, Charlie Mariotti, aclaró que el citado proyecto “se trabajó en una comisión mixta bicameral y que el producto final, texto final, es fruto de un consenso concienzudo porque en todas las reuniones participaron técnicos, municipalistas de primer orden de todos los litorales políticos”.
Félix Nova, presidente de la Comisión de Desarrollo Municipal, también informó al hemiciclo que hubo un gran consenso con los miembros de la Cámara de Diputados, ya que más de 20 participaron en su estudio.
La pieza fue iniciativa de los senadores Charlie Mariotti, Francisco Domínguez Brito, Dionis Sánchez Carrasco y Félix María Nova.
El indicado proyecto de ley trata todo lo relativo al régimen municipal y las facultades de los ayuntamientos, igualmente establece las competencias del gobierno municipal dejando claramente definido el rol ejecutivo de las sindicaturas y la función normativa de los Consejos Municipales. Además, el presente proyecto dispone todo lo relativo a los distritos municipales, resaltando de manera especial la elección de su director por el voto directo.
Dentro de los requisitos que establece la nueva Ley de Municipios, figuran en su artículo 37 que para ser síndicos, vice síndicos y regidores: los aspirantes deberán estar domiciliados en el Municipio con al menos un año de antigüedad, pero “la condición de residencia no será indispensable cuando se trate de Municipios de reciente creación”.
Señala la ley en su artículo 43, que la condición de síndico o síndica se perderá entre otras razones por incumplimiento reiterado e injustificado en el desempeño de sus funciones en un período de tres meses, también al momento de que se dictare una orden de arresto que conlleven arresto domiciliario o la privación de libertad.
A partir de la puesta en vigencia de esta ley, para ser Secretario General de la Liga Municipal Dominicana, los candidatos deberán poseer las siguientes cualidades: Poseer un grado universitario en economía, derecho, contabilidad, administración pública, administración de empresas o áreas afines.
El presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, convocó de nuevo a los senadores a sesión para el 10 de julio del 2007.