SANTO DOMINGO.-La Dirección General de Aduanas (DGA) informa a todos los importadores que no hayan transparentado el valor real de los fletes de las importaciones realizadas durante los últimos dos años, conforme lo establece el artículo 7 de la Ley 146-00, que disponen de un plazo de 60 días para hacer las
rectificaciones correspondientes. La DGA precisa que vencido el plazo de los 60 días, procederá a estimar de
oficio el monto de los valores dejados de declarar, de conformidad con lo
que establece el párrafo I del artículo 7 de la Ley 146-00.
Aduanas exhorta a los importadores a realizar sus rectificaciones dentro
del plazo de los 60 días, porque de lo contrario procederá a hacer las
reliquidaciones, con aplicación de las multas y los recargos que establece
la ley.
La institución advierte – a los importadores que están en falta – que son
pasibles de ser sometidos a la acción de la justicia bajo el cargo de
declaración fraudulenta, según lo que señala el artículo 202 de la Ley No.
3489 para el régimen de las aduanas y el artículo 147 del Código Penal.
Expresa el organismo que con esa decisión lo que se busca es
asegurar la equidad, la justa competitividad en el mercado y garantizar el
interés fiscal del Estado, para el cumplimiento de sus fines.
Los importadores pondrán presentar la rectificación de los fletes de las
mercancías importadas durante los últimos dos años, en el Departamento de
Fiscalización de la DGA.