SANTO DOMINGO.-El secretario de Asuntos de Medio Ambiente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), ingeniero Paíno Abreu Collado, respaldó la propuesta del presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Jorge Subero Isa, de creación de tribunales especiales que castiguen al daño al medio ambiente y a los recursos naturales. Abreu Collado dijo que ciertamente en el país hace falta que se aplique con rigor lo que manda la Ley 64-00 sobre medio ambiente y recursos naturales, como forma de proteger esos bienes comunes y esenciales de la sociedad.
Dijo que se identifica plenamente con las sugerencias formuladas por el magistrado sobre la creación de los tribunales especiales para que castiguen el daño al medio ambiente y a los recursos naturales y, a su vez, garanticen la efectividad de la aplicación de las sanciones que establece la legislación.
El titular de la Secretaría de Asuntos de Medio Ambiente del PLD sostuvo que la legislación que protege los recursos naturales establece sanciones drásticas a las personas que causen daño a esos recursos, y a la hora de aplicarlas no se debe andar con paños tibios.
El presidente de la Suprema Corte de Justicia dijo que los recursos naturales y el medio ambiente se están afectando cada día más por una mala política en su aplicación y que por lo tanto se necesitan tribunales especiales en ese sentido.
Subero Isa hizo el pronunciamiento al disertar como invitado especial en el almuerzo-conferencia de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), con el tema ´´La segunda ola de reforma judicial”.
Abreu Collado, quien también es administrador del Banco Agrícola, expresó que lo importante en este caso es que se aplique la Ley 64-00 como está contemplada.
Precisó que en estos momentos se impone la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales como forma de avanzar hacia el desarrollo sostenible del país.
Explicó que la legislación faculta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos naturales a proteger las cuencas hidrográficas a establecer sanciones a todo aquel que afecte los bienes comunes y esenciales de la sociedad.
Afirmó que, además, esa institución debe proteger las cuencas hidrográficas, que es donde se produce el agua de los ríos, y por tanto es una obligación actual para que las generaciones futuras puedan tener el líquido, y agregó que la forma de hacerlo es aplicando la ley cueste lo que cueste, porque ese bien no tiene precio.
Abreu Collado dijo que el artículo 167 dispone multa desde medio hasta 3,000 salarios mínimos vigentes en la fecha que se cometió la infracción, en función de la dimensión económica de la persona física o jurídica que causó el daño y de la magnitud.
Señaló que, además, especifica la limitación o restricción de las actividades que provocan el daño o riesgo al medio ambiente, así como el decomiso o incautación de los objetos, instrumentos, artefactos, vehículos, materias primeras, productos o artículos empleados para provocar el daño, y prohibición o suspensión de las actividades que generen el daño o riesgo ambiental que se trata de evitar.
En lo referente a los delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales, Abreu Collado observó que el artículo 175 dispone sanción de 5,000 a 20,000 salarios mínimos a quien produzca alteraciones, daños o perjuicios dentro del sistema nacional de áreas protegidas y corte o destruya árboles.
Afirmó que esa sanción también se le aplicará a quien cace, capture o provoque la muerte de especies declaradas en peligro de extinción o protegidas legalmente, y precisó que, además, conlleva sanción quien violare las normas, parámetros y límites permisibles de vertidos o disposición final de sustancias tóxicas y peligrosas y las descargue en cuerpos de agua, las libere al aire o las deposite en sitios no autorizados.
Indicó que la Ley 64-00 establece que un tribunal de primera instancia puede dictar prisión correccional de seis días a tres años cuando se viola la legislación, y si hay personas fallecidas entonces se le aplica el Código Penal Dominicano.