SANTO DOMINGO.-El Partido Revoliconario Dominicano (PRD) denunció que el Presidente Leonel Fernández ha diligenciado y obtenido empréstitos, sin el debido conocimiento y aprobación del Congreso Nacional, en violación a la Constitución de la República Dominicana. "Esta conducta del Presidente Leonel Fernández, -asegura el PRD, en declaraciones firmadas por su presidente Ramón Alburquerque y el secretario general Orlando Jorge Mera-, se ha hecho a espaldas del pueblo dominicano y de su órgano representativo constitucional, el Congreso Nacional, en una clara evidencia de falta de transparencia en el ejercicio de sus funciones.
A seguidas reproducimos el documento dado a conocer por el PRD este miercoles:
Pasamos a describir los hechos que retratan esta ilegalidad:
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1. El 12 de mayo del 2006, el Presidente Leonel Fernández otorgó poder al Director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), Ing. Félix Bautista, para que emitiera deuda pública externa representada por 19 pagarés del Gobierno de la República Dominicana por US$6,842,105 cada uno, para un total de *US$130,000,000.00.* ( Ver numeral 11 de la carta numerada 0637 de la OISOE a The Sunland Corporation RD y al HSBC Bank USA y el pagaré No. 3-19)
2. La empresa Sunland Corporation RD es la misma que operaba como intermediaria para la obtención del préstamo de US$132 Millones para equipar
a la Policía Nacional y que tuvo que ser retirado del Congreso ante los múltiples escándalos que generó.
3. Los 19 pagarés se emitieron con fecha 15 de mayo del 2006, con fechas de
vencimiento comprendidas entre el 15 de enero del 2007 y el 15 de Julio del 2008, un mes antes del 16 de agosto del 2008, fecha de inauguración del gobierno que surja de las elecciones del mayo del 2008.
4. Los pagarés fueron colocados o vendidos en el mercados internacional a través de las firmas R.O. & G. Internacional Trading Corporation, el Standard Chartered Bank y el HSBC Bank USA, National Association.
5. El numeral 8 de la carta 0637 de la OISOE a The Sunland Corporation RD y
al HSBC Bank USA, establece que los pagarés emitidos por la OISOE, aún sin
haber sido aprobados por el Congreso Nacional, tendrán la mayor prioridad frente a todas las obligaciones internacionales del Estado Dominicano. Esta consideración violaría el Memorando de Oferta de los Bonos Soberanos emitidos por el Gobierno del Presidente Leonel Fernández en el 2005, en la oferta de intercambio de bonos, en lo referente al Ranking de los diferentes tipos de deuda emitidas por la República Dominicana en el extranjero.
6. Los US$130,000,000 se utilizarían para pagar un conjunto de Obras Prioritarias establecidas en el Contrato para Obras Prioritarias suscrito entre el Estado Dominicano, representado por la OISOE, y la empresa The Sunland Corporation RD.
7. Se desconoce el uso dado por la OISOE a los recursos generados por la colocación de las Notas o Pagarés. No se sabe si la OISOE recibió los recursos o si los mismos han sido retenidos por The Sunland Corporation RD.
No se sabe si las obras a ser ejecutadas serían responsabilidad de The Sunland Corporation RD, la empresa que ha hecho también donaciones a Funglode, incluyendo la valiosa "Escultura de Colón" del afamado artista israelí Frank Meiser.
8. Las notas que han ido venciendo han sido presentadas al cobro a la OISOE
para ser pagadas. Las Notas o Pagarés serían pagados a través del Banco de
Reservas a su fecha de vencimiento. Se desconoce el mecanismo utilizado para
pagarlas. La Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo,
la Secretaría de Estado de Hacienda, el Banco Central y el Banco de Reservas
indican que por sus dependencias no se ha pagado nada.
9. Se establece que el repago de los pagarés o Notas se incluirán en los presupuestos de la OISOE del 2007 y el 2008, pero en el numeral 2 de la
carta 0637 de la OISOE a The Sunland Corporation RD y el HSBC, se indica que
"no hay necesidad para ello de que se haga una mención específica de las Notas (pagarés) en el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos para el año correspondiente", claro, pues como ese endeudamiento público externo no pasó por el Congreso, no puede hacerse mención. Si se hace mención, se reconocería abiertamente que el Presidente y el Director de la OISOE violaron abiertamente la Constitución de la República, tal y como realmente ocurrió.
10. En la carta 0637 de la OISOE se establece que las obligaciones contenidas en el Acuerdo y las Notas (pagarés) serán registradas el 2 de Enero del 2007 en el Departamento de Crédito Público de la Secretaría de Estado de Finanzas de la RD (ahora, Hacienda) por la OISOE, actuando a nombre del Estado. Esto no se ha hecho. En Hacienda, desconocían las Notas o Pagarés. Tampoco se conocían en la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo. Tampoco lo conocía el Banco Central. Es importante destacar que se selecciona el 2 de enero del 2007 para supuestamente hacer el Registro de las notas o pagarés en Hacienda, pues con ello el Registro se haría después de aprobado el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos del 2007.
11. El FMI tampoco sabía nada. El FMI ha impuesto un tope al endeudamiento
externo del Gobierno y el resto de sector público. Con esta emisión de deuda
pública externa, ignorando al Congreso, se lograba burlar el tope impuesto por el FMI. El FMI reclamó a las autoridades del Gobierno sobre esta deuda, y las tres dependencias del área económica del Gobierno (Hacienda, Economía y el Banco Central) señalaron que desconocían la existencia de esa deuda. El Gobierno no quiere acuerdo con el FMI a partir de enero del 2008 para quitarse de encima el tope sobre el endeudamiento externo. Aparentemente se desesperó mucho antes y optó por emitir deuda sin que el Congreso, el FMI y los miembros de su equipo económico lo supieran.
12. Se desconoce la reacción de los tenedores de los demás instrumentos de deuda de la República Dominicana en el exterior, ante una emisión de deuda
dominicana que no fue aprobada por el Congreso Nacional. Se desconoce también la reacción de las firmas calificadoras de riesgo Standard & Poors y
Moody´s, y Fitch, sobre la falta de institucionalidad que representa la emisión de deuda pública dominicana haciendo un by-pass al Congreso Nacional.
13. Lo anterior revela que el Presidente Fernández ha violado el numeral 13 del Artículo 37 de la Constitución de la República, que establece que es atribución del Congreso Nacional: "autorizar o no empréstitos sobre el crédito de la República por medio del Poder Ejecutivo".
14. El PRD advierte que esta situación refleja seriamente el grado de deterioro institucional, que como hemos señalado en otras oportunidades, está provocando el Presidente Leonel Fernández al sistema democrático del país. En adición, es una clara evidencia de la falta de transparencia que existe, no solo en este caso, sino en la mayoría de las dependencias oficiales.
15. Asimismo, el PRD declara que esta situación está afectando la imagen y la credibilidad del país en los mercados internacionales, de manera muy particular, reclamamos del Fondo Monetario Internacional una explicación sobre este caso.
16. En tal virtud, el PRD informa a la opinión pública nacional e internacional:
a) Que está instruyendo a su bloque parlamentario en el Congreso Nacional
a que someta la solicitud de interpelación al Ing. Félix Bautista, Secretario de Estado y Director de la Director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), para el establecimiento de las responsabilidades correspondientes.
b) Que está designando una Comisión de Juristas para recomendar las acciones
legales penales que la Constitución y la ley acuerda para que este caso no
quede impune.
c) Que distribuirá una copia de esta declaración pública y sus anexos a los organismos internacionales con sede en la República Dominicana, al Fondo
Monetario Internacional, a Transparencia Internacional, a los partidos políticos, a las organizaciones empresariales y sindicales, a las Iglesias,
y a las organizaciones cívicas no partidistas.