Han sido las elecciones más ordenadas, más concurridas y probablemente más apegadas a las reglas de juego que rigen la vida institucional del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP). Sin embargo, todavía persisten los reclamos y hasta las acciones legales frente a supuestas irregularidades que nadie ha podido probar.
Efectivamente, los miembros de la Comisión Electoral el CDP, que fueron reiteradamente felicitados y apoyados por su labor al frente del proceso, ahora se ven obligados a enfrentar dos actos legales incoados por un sector que no fue favorecido por la mayoría de los periodistas
Los reclamos formulados
El argumento principal de los impugnadores del proceso electoral es que en las elecciones del CDP no votó el 50 por ciento más uno de los miembros activos del gremio.
El artículo 10 del Reglamento Interno del CDP establece la existencia de tres categorías de miembros: activos, pasivos y honorarios. El artículo 11 del mismo reglamento Interno indica que: “Los miembros activos son quienes ejercen la profesión de periodista en cualquiera de sus formas o se dedican a la actividad académica o gremial en el área de la profesión y cumplen con el pago de las cuotas establecidas y la asistencia a las asambleas y otras responsabilidades señaladas por la ley y los reglamentos aprobados por los órganos de dirección”.
Más adelante el artículo 17 del Reglamento Interno indica que la calidad de miembro activo se pierde: a) Por el incumplimiento del pago de cinco cuotas consecutivas o doce cuotas alternas. b) Por incumplimiento de las normas éticas, el Reglamento Interno y demás disposiciones establecidas por los organismos del CDP, previa disposición del Tribunal Disciplinario y de la Asamblea Nacional. c) Por inasistencia a tres Asambleas Electorales consecutivas sin presentar excusas válidas. d) Por el abandono voluntario del ejercicio de la profesión.
En cumplimiento de esta disposición la CNE, mediante la resolución número 1-2007, de fecha 27 de junio del año 2007, advirtió que “para ejercer el derecho de elegir y ser elegido los miembros del CDP deben estar al día en el pago de sus cuotas”.
Y más adelante, el 23 de agosto decidió otorgar una gracia de RD$100.00 (cien pesos dominicanos), “para que los colegiados que no estén al día en sus deberes institucionales adquieran la condición de miembros activos y puedan sufragar”. A solicitud escrita de las tres planchas nacionales el monto de la cuota de gracia fue reducido a 50 pesos mediante resolución de fecha 29 de agosto.
Por lo tanto, solo los periodistas que estaban al día en el pago de sus cuotas y los que se acogieron a la gracia otorgada por la CNE tenían calidad para votar y constituir el quórum reglamentario de la Asamblea Electoral. Ha sido así desde que se constituyó el CDP al amparo de la ley 10-92. Los que no votan, es decir los que no participan, nunca han formado parte de una asamblea electoral.
Número de votantes en las últimas cinco elecciones del Colegio Dominicano de Periodistas:
Año 1999:
Número de votantes………………………1, 032
Presidente electo……………………… … José Tejada Gómez
Año 2001
Número de votantes………………………..1,158
Presidente electo…………………………. Oscar López Reyes
Año 2003
Número de votantes………………………. 1,074
Presidente electo………………………….. Héctor Luzón
Año 2005
Número de votantes……………………… 1,045
Presidente electa………………………….. Mercedes Castillo
Ano 2007
Numero……………………………………1,195
Presidente electo….. ……………………… Mercedes Castillo.
Como se puede apreciar en la simple comparación de las cifras, las elecciones del 31 de agosto del 2007 registran la mayor votación en la historia del CDP, superando por 150 el número de votantes de las anteriores elecciones del gremio.
Todas las directivas del CDP y del IPPP han sido electas con el quórum reglamentario de los miembros activos. Lo mismo sucede en los demás colegios profesionales del país, tal como lo revelan los datos de las últimas elecciones del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) y del Colegio de Abogados de la República Dominicana.
De acuerdo a datos suministrados por la actual dirección CODIA, este gremio cuenta con una matrícula de 21 mil 748 miembros, pero en las últimas elecciones para elegir su Junta Directiva Nacional solo votaron 2 mil 255 miembros activos, mientras en el Colegio de Abogados donde también existe la categoría de los miembros activos, votaron en sus más recientes comicios 7 mil 300 miembros activos, de un total de 34 mil 976. En ningún se momento se consideró irregular este procedimiento.
Sencillamente porque esas son las reglas del juego.
Otro queja expresada por los reclamantes, planteada en uno de los actos legales, es que la Comisión Electoral no entregó a tiempo el padrón con los periodistas con derecho a votar.
El artículo 31 del Reglamento electoral establece que “La Comisión Nacional Electoral suministrará a cada plancha un listado de los miembros del CDP, por lo menos 72 horas antes de las elecciones”..
La CNE cumplió en exceso este mandato reglamentario, ya que entregó el padrón electoral, en un acto público, 23 días antes de las elecciones, cuando ni siquiera se había constituido ninguna de de las planchas que participaron en los comicios. Posteriormente la CNE dispuso la creación de una Comisión Especial, constituida por un representante de la CNE y de las planchas nacionales, para revisar el padrón electoral y disponer las correcciones pertinentes en caso de omisiones o errores materiales. Esta comisión no reportó ninguna irregularidad.
Sobre la supuesta existencia de varios padrones con cantidades de miembros diferentes, como han señalado los reclamantes, hay que hacer algunas precisiones.
Atendiendo al acuerdo establecido en la audiencia del jueves cuatro de septiembre, de hacer un cruce del padrón electoral con la participación de los delegados de las planchas, la CNE designó a su titular Genris García para realizar esta labor el día siguiente.
El informe rendido por García indica que durante el intercambio y el examen realizado por las partes interesadas no se demostró ninguna irregularidad en la composición del padrón electoral y de los listados de las distintas seccionales del CDP.
Luego de una primera reunión con los delegados, el comisionado de la CNE procedió a reunirse con el candidato de la Plancha Unitaria Convergencia, David Lorenzo, quien insistía en la existencia de dos padrones, cosa que no pudo demostrar cuando se pusieron sobre la mesas todos los documentos.
La proclama con los resultados electorales del CDP fue finalmente emitida con los siguientes datos. De un total de mil 195 votos emitido la plancha número 1 encabezada por Mercedes Castillo obtuvo 536 votos (45.89%); la plancha número 2 encabezada por David Lorenzo, obtuvo 418 votos (35.79%); y la plancha número 3 encabezada por Manuel Azcona, obtuvo 214 votos (18.32%).
La Comisión Electoral del CDP simplemente se limitó a cumplir las reglas definidas por la Ley 10-91, el Reglamento Interno y el Reglamento Electoral del CDP. Lo demás lo hicieron los periodistas en el ejercicio de sus deberes derechos institucionales y en una respuesta positiva a la consigna incluida en el afiche de promoción de las elecciones: PARTICIPA Y DECIDE.
23 de septiembre, 2007