SANTO DOMINGO.-Uno de los expedientes pilares de la crisis financiera del 2003 fue desestimado en el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que declaró ayer inadmisible la acción penal seguida por la Autoridad Monetaria.
El expediente involucra a los ex ejecutivos del Banco Nacional de Crédito (BANCREDITO) Arturo Pellerano Peña y Juan Felipe Mendoza Gómez, acusados de un fraude por más de RD$23 mil millones.
El tribunal desestimo el expediente tres días después del contradictorio fallo judicial que condeno a diez años de cárcel y al pago de una millonaria indemnización a Ramón Báez Figueroa, ex presidente del Banco Intercontinental y al asesor empresarial Luís Álvarez Renta.
Los abogados de la Autoridad Monetaria y Financiera anunciaron que apelarán el fallo que favorece a los ex ex jecutivos de Bancrédito.
El tribunal acogió un pedimento de los imputados en virtud del principio “Non bis in idem”, que expresa nadie puede ser juzgado dos veces por una misma causa.
En la resolución de incidente número 64-2007, la jueza presidenta en funciones del tribunal, Alina Mora de Mármol, indica que los hechos fueron juzgados ya por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
Concretamente dijo que los hechos contenidos en la acusación privada del Banco Central y la Superintendencia de Bancos fueron juzgados por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, mediante la sentencia No.107-2006, del 17 de agosto de 2006.
Los abogados de la Autoridad Monetaria y Financiera dijeron que esa es una decisión ilegal, desafortunada y que viene a aumentar el nivel de cuestionamiento del sistema de justicia del país.
José Lorenzo Fermín adelantó que interpondrán un recurso de oposición, con el objetivo de que la resolución sea revocada.
Explicó que a los imputados solamente se les juzgó y condenó por violación a la Ley Monetaria y Financiera y no así por estafa y abuso de confianza.
En su resolución, la magistrada dejó sin efecto la audiencia que había sido fijada por el tribunal para este viernes.
El tribunal acogió un pedimento de los abogados Fernando Langa, Tulio Callado Aybar, José Pérez, Santiago Rodríguez y Eduardo Jorge Prats, en representación de los ex ejecutivos de Bancrédito.
Argumentaron que los hechos por los cuales el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a tres años de prisión y al pago de una multa de un millón de pesos a sus clientes son los mismos por los cuales la Autoridad Monetaria presentó la querella.
En ese entonces, el tribunal estaba integrado por Antonio Sánchez Mejía, presidente, Ileana Fernández y Giselle Méndez.
Esta demanda fue originalmente incoada por un grupo de ahorristas que se consideraron estafados por los dos principales ejecutivos de desaparecido Bancrédito.
Los querellantes dejaron sin efecto la demanda, tras llegar a acuerdos de pago mediante negociación, pero el Ministerio Público consideró que existían pruebas suficientes para mantener el sometimiento, además del proceso por el supuesto fraude.
Ambos fueron declarados culpables de falsedad y uso de escritura de bancos, alteración y manipulación de datos y documentos para desviar la fiscalización e investigación por las autoridades bancarias, financieras y monetarias y elaboración y aprobación de estados financieros adulterados tendientes a la ocultación de operaciones irregulares.
Estos hechos están previstos y sancionados por los artículos 147 y 148 del Código Penal y 80, literales B y E de la Ley 183-2002, Código Monetario y Financiero de la República Dominicana”.