La Secretaría de Estado de Turismo (Sectur) dijo al país -hace algún tiempo, que había ordenado a cierta empresa extranjera la realización de un plan de ordenamiento territorial turístico de la nación. Ese plan sería la solución a los conflictos por el acceso a las playas nacionales que existe desde que se inició el desarrollo del turismo dominicano hace más de tres décadas. Más recientemente, la Corporación de Hoteles (Corpohotel) anunció al país que estaba construyendo paradores turísticos en puntos críticos de la geografía nacional en los cuales se estaba dificultando el acceso a las playas a nacionales y a extranjeros no alojados en hoteles resorts.
No se sabe qué ha pasado con uno y otro anuncio lo que si se sabe es que el problema de acceso a las playas nacionales cada día se complica más sin que el público sepa qué hace la institución rectora del turismo nacional para solucionar dicho problema.
Por ejemplo, en Boca Chica, cada vez se hace más complicado el acceso a la playa; en Juan Dolio y Guayacanes ocurre otro tanto sin solución a la vista. Lo de Bayahibe pasa a ser un asunto crítico pues no se conoce qué hace la Sectur allí para ordenar y crear las estructuras indispensables que permitan entrar a dicha playa. Lo de Bávaro, Punta Cana y Macao es todavía peor, pues es cada vez más complicado llegar a la playa ya que los caminos tradicionales han desaparecido, solo se puede entrar a través de un resorts, un condominio o villas turísticas. Otro tanto podría decirse de Sosúa y Cabarete. Y las autoridades callan mientras exhiben una sensibilidad pasmosa frente a otros temas.
Por esos comportamientos es que hemos dicho -en una que otra oportunidad-, que el tema de la política pública del turismo está mal enfocado, pues tiene como norte una irracional inversión en infraestructura y estructuras hoteleras que pronto llegarán a sus límites posibles, pero sin el adecuado marco reglamentario e institucional que garantice un turismo con futuro.
El país requiere la definición del concepto acceso a las playas, puesto que con la explosión del desarrollo inmobiliario y turístico que vive el país nos estamos dando cuenta de que la expansión y sobre vivencia de la actividad turística depende de la accesibilidad a las playas.
Es decir, nos están faltando playas mientras nos sobran tierras para edificar porque unos hoteles han cerrado los accesos a las playas ante la mirada cómplice de los órganos que deben velar por su preservación. Es sabido que las zonas residencias formadas por villas y apartamentos no son el lugar más adecuado para acceder a las playas, tampoco el centro de un hotel resort, pero los laterales de entre hoteles deben ser preservados como entrada y salida a la playa. ¿Por qué no se ha previsto nada al respecto? Esa es una de las preguntas que debe responder Sectur. Reglas existen primero están las que establece la propia SECTUR y luego está ley inmobiliaria que se ha dado el país en fecha reciente.
El marco legal actual es suficiente para resolver el problema, pero como nada se hace en el plano institucional tanto la jurisdicción Administrativa como la judicial guardan un silencio cómplice sobre este particular. La jurisdicción inmobiliaria no ha sido capaz de resolver ninguno de los asuntos que le han sido sometidos hasta el momento- en esta materia.
Es en áreas como esta que la colaboración y los acuerdos inter poderes deben rendir frutos. Mientras esto ocurre el inquilino de la Sectur malgasta su tiempo en pueriles querellas contra informadores y vocingleros públicos. Esas mismas energías han debido ser empleadas en resolver, por ejemplo, el problema del acceso a las playas y el establecimiento de un ordenamiento territorial y turístico transparente, porque es cierto, las normas administrativas deben ser generales, bajo ninguna circunstancia es legal aprobar, por ejemplo, normas sobre densidad a un proyecto y negárselo a otro muchas veces estando ambos en la misma zona.
De su lado, el Tribunal Superior de Tierras, no ha evacuado todavía una sentencia que pueda ser tomada como referente válido. Es decir, una sentencia que castigue al promotor urbanístico que vende y anuncia la posesión privada de playas que luego oferta a incautos inversores. Los cuales se quedan sin la pertinente protección jurídica, mientras jueces de toda laya comulgan con esos promotores y dejan indefensos a bañistas nacionales y extranjeros.
El asunto se vuelve incluso risible cuando se observa a señores que luego de haber urbanizado y vendido terrenos, pretenden seguir poseyendo la condición de propietarios, mientras los múltiples adquirientes observan despavoridos cómo los jueces protegen al ex propietario de terrenos rústicos transformados en urbanos. Esta es una realidad común a las zonas turísticas como a los condominios. ¡Hasta cuando será esta ignominia! DLH-28-10-2007.