En un comunicado de prensa, la Asociación resalta que las principales ARS están cumpliendo fielmente con lo establecido en el Plan de Servicios de Salud (PDSS), en lo que se refiere a la entrega de medicamentos, señalando que los problemas que hayan podido surgir con algunos pacientes en la prestación de este servicio no son responsabilidad de esas empresas.
Del mismo modo, destaca que desde finales de diciembre pasado las ARS afiliadas a la ADARS determinaron -y así lo dieron a conocer de manera pública- que autorizarían la entrega de los medicamentos aprobados por Salud Pública incluso sin receta única o lo que es lo mismo con cualquier tipo de receta médica, en aras de facilitar la ejecución del PDSS y responder oportunamente a las necesidades de los afiliados.
Esta iniciativa fue tomada en vista de que desde finales del año pasado, y por disposición expresa del Presidente de la República, doctor Leonel Fernández, la norma sobre receta única está siendo sometida a revisión por una comisión de funcionarios públicos, sin que hasta el momento se haya tomado alguna determinación al respecto.
"Dada esta situación, y en vista de que nuestros afiliados se estaban siendo altamente perjudicados por dicha norma, se suspendió la exigencia de la receta única para así garantizar la cobertura de medicamentos a los afiliados hasta tanto la mencionada comisión de funcionarios terminara de realizar su trabajo", explica la ADARS.
La ADARS expresa que está en la mejor disposición de hacer que estas y otras informaciones fluyan de la mejor manera posible, siempre en un esfuerzo conjunto con la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) y la Dirección de Información y Defensa al Afiliado (DIDA).
Sostiene que, no obstante, las debilidades que puedan afectar al SFS en estos momentos obedecen esencialmente a que apenas tiene once meses en funcionamiento, y que la Ley 87-01, sobre Seguridad Social, en virtud de la cual fue creado ese servicio, contempla un plazo de transición de diez años.
La ADARS destaca que el monto y el valor de los medicamentos entregados en tan solo seis meses demuestran "el fiel cumplimiento de las ARS y la satisfactoria evolución del sistema".
Antecedentes
En virtud de una resolución de la Secretaría de Salud Pública, que da cumplimiento a la resolución No. 158-03, del Consejo Nacional de Seguridad Social, se establece el uso de una receta única para prescribir y dispensar los medicamentos ambulatorios a partir del inicio del SFS en el régimen Contributivo. De acuerdo con esta disposición, todo afiliado podrá consumir hasta RD$ 3,000.00 por año en medicamentos ambulatorios, siempre que éstos estén incluidos en la lista autorizada por la SESPAS.
Sobre este particular existen algunas restricciones: sólo se despacharán y reconocerán los medicamentos incluidos en el Plan Básico de Salud y recetados por los médicos contratados por las ARS, por lo que consumos adicionales o fuera de esta lista, correrán por cuenta del comprador; el afiliado no podrá acudir a cualquier farmacia sino que deberá comprar en aquellas contratadas por su ARS; y las recetas serán válidas por 10 días hábiles a partir de la prescripción.