<P>El Consorcio NINA (Niños, Niñas y Adolescentes) fijó su posición respecto a las reformas a la ley 136-03, Código para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y expresa su preocupación por la forma en que se pretende modificar dicha ley. La entidad entiende que el aumento de las penas a menores en conflicto con las leyes penales no resolverá el problema de la delincuencia.</P>
<P>En un comunicado enviado al DiarioDigitalRD.com, la organización, también observa que el problema de seguridad nacional enfoca como única causa la delincuencia juvenil y que deja de lado otras situaciones vinculadas con la impunidad ante delitos mayores e incumplimiento de las leyes, “lo que se constituyen en un ejemplo negativo para la juventud y un permiso para el aumento de la delincuencia en general”. </P>
<P>A CONTINUACIÓN LA POSICIÓN DEL CONSORCIO NINA RESPECTO A LA A LEY136-03 </P>
<P>Las organizaciones que trabajamos a favor de la niñez y juventud en situación de riesgo social por más de veinte años expresamos preocupación y lamentamos la manera en que se pretende modificar la ley No. 136-03, Código para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.</P>
<P>Entendemos que toda sociedad democrática tiene derecho a determinar la manera en que trata los delitos e infracciones a sus leyes penales. La inseguridad ha aumentado de manera palpable en la República Dominicana en los últimos tiempos. Por eso entendemos justificado que se pretenda tomar algún tipo de medida para frenar la delincuencia que nos afecta.</P>
<P>Sin embargo, nos preocupa que se pretenda responder a esos justos reclamos de la población con la ilusión de que el problema de la delincuencia juvenil puede resolverse con acciones penales. </P>
<P>También, observamos con inquietud que el problema de seguridad nacional enfoca como única causa la delincuencia juvenil dejando de lado otras situaciones vinculadas con la impunidad ante delitos mayores e incumplimiento de las leyes, lo que se constituyen en un ejemplo negativo para la juventud y un permiso para el aumento de la delincuencia en general. </P>
<P>A su vez, la imposibilidad de solucionar un problema de tanta envergadura y de tanta preocupación para la población a pesar de las promesas de “mano dura” profundizará la decepción que sentimos muchos dominicanos y dominicanas con nuestra clase política. Y esta no es una afirmación vana o vacía. Otros países han utilizado sin éxito alguno, métodos represivos. </P>
<P>Por citar algunos, El Salvador, país comparable al nuestro, implementó el plan Mano Dura; Guatemala el plan Escoba y Honduras el plan Libertad Azul. Todos pretendieron lidiar con la problemática ignorando la prevención y pasando por alto las causas sociales del fenómeno y en lugar de articular políticas que garantizaran sus derechos fundamentales, utilizaron la fuerza con la imposición de elevar las penas. Con estas decisiones la delincuencia no solo se incrementó, sino que se internacionalizó con el modelo “mano dura” extendiéndose hacia Nicaragua y Costa Rica, países que habían controlado exitosamente la prevención de la violencia juvenil. </P>
<P>Las medidas drásticas de privación de libertad, por sí solas no resuelven el problema de la delincuencia de los adultos y mucho menos la de las personas menores de edad -la fiebre no está en la sábana- En nuestro país la Ley 14-94 establecía 2 años de privación de libertad como máximo y en la Ley 136-03 se aumentó a 5 años y las acciones delictivas en la actualidad no se han reducido.</P>
<P>Para abundar sobre el tema, es bueno señalar que hay estadísticas confiables y experiencias que nos hablan de la forma en que se ha enfrentado la violencia juvenil en otros países. El Informe sobre la Violencia contra Niños y Niñas, llevado a cabo por el Sr. Sergio Pinheiro, experto independiente nombrado a tal efecto por el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, señala que entre el 50% y 70% de niños, niñas y adolescentes que son privados de libertad —como a cualquier otro delincuente— reinciden en la comisión de sus crímenes. Que el índice de reincidencia es peor cuando comparten celdas con adultos, una posibilidad que no podemos descartar porque el aumento de la pena conlleva el aumento de la población carcelaria y nuestro régimen penitenciario nunca ha separado muy bien a los reclusos menos peligrosos de los más peligrosos, conforme manda la ley.</P>
<P>El mismo estudio también señala que el índice de reincidencia es de 10% cuando los niños, niñas y adolescentes son sometidos a métodos alternativos de castigo. Nosotros coincidimos con estos datos. En nuestra experiencia, la delincuencia juvenil es la consecuencia a su vez de un largo proceso de desintegración familiar que tiene fases determinadas. ¿Cuántos procesos fallaron para que un niño delinca? </P>
<P>Es por eso que la ley 136-03 dispone un régimen especial para niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley.</P>
<P>Los niños, niñas y adolescentes son seres humanos en formación. Las medidas socio-educativas que la ley dispone tienden a reeducar a este ser humano en formación: a encaminar la conducta de un ser humano en una fase en que tal posibilidad existe aún.</P>
<P>Pero la ley 136-03 no hace esto en el vacío, sino sobre la base de una serie de instituciones que deben prestar asistencia a los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley, sean ellos y ellas inimputables penalmente o no. </P>
<P>Estas instituciones prácticamente no existen a la fecha. </P>
<P>La misma clase dirigente que hoy pretende ganarse votos con promesas de “mano dura” no ha destinado los recursos necesarios para su creación efectiva.</P>
<P>• ¿Cómo vamos a resolver el 34 % de tasa de desempleo de jóvenes de nuestro país, siendo este uno de los porcentajes más altos de América Latina?<BR>• ¿Por qué el nuevo modelo penitenciario no ha empezado con los más jóvenes?<BR>• ¿Por qué los centros de privación de libertad no cuentan con la logística y programas que superen el almacenamiento de personas? <BR>• ¿Dónde están las “Unidades Multidisciplinarias de Atención Integral” que conforme al artículo 266 de la ley deben existir en cada uno de los 11 Departamentos Judiciales en funcionamiento actualmente? (Barahona, el Distrito Nacional, Montecristi, Puerto Plata, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Juan de la Maguana, San Pedro de Macorís, Santiago, Santo Domingo y La Vega.)<BR>• ¿Dónde están los trabajadores sociales, psicólogos y demás especialistas que integran estas unidades?<BR>• ¿Cuántos ayuntamientos destinan el 5% de sus ingresos a causas relacionadas con la niñez, como dispone el artículo 449 de la ley 136-03?<BR>• ¿Hasta cuándo seguiremos sordos, ignorando el justo reclamo del 4%?<BR>• Si un niño, niña o adolescente es víctima de violación ¿quién y cómo es la respuesta ofrecida?<BR>• ¿Qué acciones se piensa tomar para mejorar las condiciones deplorables en que se detienen a niños, niñas y adolescentes en nuestro país?<BR>• ¿Estamos realmente reinsertando socialmente jóvenes a la sociedad luego de que cumplen sus penas en esos centros de privación de libertad? <BR>• Tenemos personal capacitado y sensibilizado como los agentes de la Policía Nacional y demás instituciones a fin de cumplir con lo establecido en la ley?<BR>• ¿Qué ha hecho el Estado Dominicano con respecto a las recomendaciones de la Convención de los Derechos del Niño, hemos avanzado en las áreas señaladas?</P>
<P>Antes de abandonar la ley 136-03, debemos al menos tratar de aplicarla.</P>
<P>Y podemos perfectamente hablar de abandono de la ley. A la fecha, existen dos iniciativas legislativas en el Congreso Nacional que persiguen esto: una en el Senado (iniciativa No. 00644-2011-SLO-SE) y otra en la Cámara de Diputados (iniciativa No. 01850-2010-2016-CD).</P>
<P>Ambas iniciativas simplemente pretenden endurecer las penas a niños, niñas y adolescentes. Pero no pretenden, por ejemplo, corregir la situación lastimera en que se encuentran los pocos centros de detención con que contamos ni castigar a los adultos que incitan a niños, niñas y adolescentes a cometer infracciones. Por demás, en el Senado se propone juzgar como adultos a jóvenes de 17 años, en violación del artículo 1 de la Convención de los derechos del niño, que impide considerar como adultos a personas que no hayan alcanzado la mayoría de edad.</P>
<P>Otros pretenden desinformar a la opinión pública. </P>
<P>Mediante nota de prensa del 29 de septiembre de 2011, la Fundación Justicia y Transparencia recomendó elevar las penas a niños, niñas y adolescentes hasta por 20 años. La fundación alega que dichas modificaciones “se corresponden y observan en las directrices de los tratados y acuerdos internacionales en materia de menores”. </P>
<P>No conocemos de tratado alguno que permita o exija que a niños, niñas y adolescentes se les impongan penas iguales a las que se les imponen a adultos en iguales circunstancias. Tampoco conocemos ningún organismo internacional reputado que recomiende este tipo de penas.</P>
<P>En este sentido, nos preocupa que las instituciones pretendan confundir la población citando tratados que más bien rechazan estas funestas medidas. </P>
<P>Consideramos oportuno que antes de pensar en elevar las penas de “un plumazo”, diseñemos juntos un plan con objetivos claros para mejorar su calidad de vida, promover su desarrollo a todos los niveles, con especial atención a los grupos vulnerables y excluidos, involucrando a los actores claves y las instituciones que por muchos años trabajamos con esta vulnerada población. </P>
<P>Firmamos:<BR>Acción Callejera-Fundación Educativa <BR>Catholic Relief Service –CRS-<BR>Hogar de Acogida “Quédate con Nosotros”- Muchachos y Muchachas con Don Bosco<BR>Niños del Camino<BR>Programa “Yo También” – Pastoral Juvenil<BR>Proyecto Educativo Caminante<BR></P>