Economía & Finanzas

La DGII anuncia cambios en placas de funcionarios

Santo Domingo, D.N.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII)
emitió hoy la Norma General 14-2011 sobre la sustitución, asignación y
renovación de las placas rotuladas, oficiales y exoneradas estatales
estableciendo una serie de procedimientos conforme a las disposiciones de la
Ley 195-11.

La DGII expresa que es necesario ajustar las
leyendas para la rotulación de placas para uso oficial de entidades y
funcionarios del Estado a las nuevas denominaciones establecidas
constitucionalmente y al nuevo ordenamiento jerárquico establecido por la Ley
41-08.

La Norma General 14-2011 define los diferentes
conceptos en la nueva Ley de Placas, establece las denominaciones para las
placas rotuladas, oficiales y exoneradas estatales para uso oficial en
vehículos de servidores públicos, entidades estatales y autónomas,
ayuntamientos y organismos militares; establece el proceso de sustitución de
las referidas placa y los requisitos para la entrega de las placas rotuladas
para ministros y funcionarios públicos.

La DGII explica que las placas rotuladas están
destinadas al uso de vehículos de funcionarios públicos, civiles, militares y
policiales según establece la Ley 195-11 y serán identificadas con la letra
"O" seguida de la numeración que corresponda conforme indican los
artículos 4, 5 y 6 de la Ley 195-11, mientras que en la parte inferior llevarán
inscrito el cargo que ocupa el funcionario al que se le asigne.

Para las placas exoneradas estatales destinadas
para el uso oficial de vehículos propiedad del Estado Dominicano o entidades
autónomas de éste, se establece la inscripción: "Exonerada Estatal" e
iniciarán con la letra "E" seguida de la letra que distingue el tipo
de vehículo al que se asigne.

De esta manera Impuestos Internos dispuso que las
letras EA identificarán a Exonerada Estatal Automóvil; las letras EG a
Exonerada Estatal Jeep; las letras EI a Exonerada Estatal Autobús; la letras EL
a Exonerada Estatal Carga que incluye camiones, camionetas, volteos,
montacargas, remolques  y otros vehículos); las letras ED a los
Ayuntamiento del Distrito Nacional y las letras EM a los Ayuntamientos
municipales

Las placas oficiales militares y policiales,
destinadas al uso en vehículos propiedad de las Fuerzas Armadas y la Policía
Nacional, serán rotuladas con el nombre de cada institución e identificadas de
la manera siguiente: OE Ejército Nacional; OF Fuerza Aérea; OM   
  Marina de Guerra y OP Policía Nacional.

Según expresa el Artículo 10 de la presente Norma
General, la sustitución de las placas oficiales y exoneradas estatales se hará
conforme al calendario que será publicado por la DGII con las fechas de entrega
de placas a cada una de las entidades estatales y autónomas, ayuntamientos,
organismos militares y policiales a los cuales corresponden este tipo de
placas.

A partir de la fecha, cada institución tendrá un
plazo de treinta (30) días para depositar ante la DGII el inventario de las
placas oficiales y exoneradas estatales con la finalidad de iniciar el proceso
de depuración que se efectuará previo a la asignación y entrega de las nuevas
placas. Este inventario de las placas exoneradas de los ayuntamientos deberá
ser entregado a la DGII a través del Ministerio de Interior y Policía, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 195-11.

La Norma 14-2011 establece que el inventario
suministrado por las instituciones oficiales deberá contener los datos del
vehículo, incluyendo el tipo (automóvil, camión, camioneta,
"jeepeta", etc.), matrícula del vehículo, placa actual, chasis, año
de fabricación, marca, modelo y color.  Además establece que la DGII, en
facultad de encargada de la administración y registro de los Vehículos de
Motor, podrá realizar la revisión física de los vehículos en los casos en que
lo considere necesario, fundamentalmente en caso de inconsistencias en la lista
aportada.

En este proceso, la DGII realizará una depuración
para sustituir todas las placas oficiales y exoneradas, pues a partir de ahora
a las instituciones del Estado se les asignará Placas Exoneradas y las Placas
Oficiales sólo le serán otorgadas a los organismos de seguridad nacional, como
la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. Las Placas tendrán fabricación en el
extranjero, por lo que Impuestos Internos solicita a todos los organismos
correspondientes a notificar los datos de sus ministros, síndicos, senadores,
directores y otros cargos y de la cantidad de vehículos que tiene cada una de
las instituciones.

Carlos Tejada

Diario DigitalRD.Com, primer diario en línea creado en República Dominicana, fundado el 16 de enero del 2006. Su director es el periodista José Tejada Gómez. Para contactos. Cel. 809-980-6500 y 809-6081130. editor@diariodigitalrd.com

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