La
cuestión del indulto hoy es definitivamente política. La destitución del Director General de Prisiones es
una expresión clara del control político del proceso de la prisión. Otrora
positiva, pues ya no existen los escándalos de hace unos años que revelaron el
verdadero rostro del tema carcelari la corrupción de los penales, la misma
que por muchos años ha abierto puertas impensadas, con su enorme legado de
mezquindad, pues el beneficio de los indultos lo recibían precisamente aquellos
que no lo merecían, y los internos que reunían las condiciones penitenciarias,
nunca lo pidieron, pues, tampoco creyeron lo recibirían; hoy, negativo, pues,
nos encontramos que los políticos, liberan narcotraficantes, infractores de
crímenes de poderosos, entre otros.
El indulto es una
institución penal que existe desde el Medioevo, y tiene unos componentes de
gran valor en lo penitenciario y en lo jurídico. Es sorprendente que las
personas responsables de la administración penitenciara no puedan ponerse a
tono con esa condición crucial del proceso de la prisión que se divide en dos
partes fundamentales: la condena y las formas condicionales de condena.
Nuestra opinión es que
sólo puede otorgarlo la Administración del Servicio de Prisiones, con el aval
del mandatario, que es quien tiene la facultad de firmar los decretos. La Ley
224 ha creado una estructura que se denomina Comisión de Vigilancia y Sanción,
que está vinculada al tratamiento del recluso y ve en el indulto la oportunidad
de que interno “remate la condena en libertad”.
Una Comisión creada por
decreto presidencial es un ardid del poder político para intervenir en indultos
selectivos. En el antiguo derecho de gracia el Jefe del Estado
gana mucho prestigio firmando amnistías (indultos políticos), indultos,
conmutaciones y rebajas de penas sin circunspección ni reserva. Es dulce
perdonar, y amargo negar el perdón, pero lo angustioso es decir no a los que se
merecen el perdón y ver cómo hombres infortunados se lo venden a otros reclusos
que también son infames.
La existencia de otra Comisión a quien se le ha
confiado la misión de materializar el indulto no es bien valorada por la
ciencia penitenciaria: No es parte de la institución penitenciaria,
desconocelos verdaderos fines de la
prisión, no conoce a los que recomienda, y no tiene más opción que evaluar sin
criterios propiamente penitenciarios.
En cambio, la técnica penitenciaria ordena, la
publicación previa de los candidatos a indultos por un medio escrito de
comunicación nacional; sirve para preparar el encuentro del recluso con sus
familiares y su ambiente, que muchas veces no están decidido a aceptarlo, a
recibirlo nuevamente; sirve para alertar a las autoridades de posibles errores
en el listado; y sirve para admitir las impugnaciones de la ciudadanía, que
está pendiente de la cárcel.
Los indultos presidenciales son en muchos aspectos
parte del tratamiento penitenciario, que es una relación entre el Estado y los
condenados.
¿Todos merecen el
indulto? Todos los internos son indultables, excepto los condenados a penas
cortas, ya que no contribuyen a la resocialización de los reclusos. Tenemos un
sistema penitenciario con agujeros muy grandes, en el que cabe perfectamente la
muerte, tal como la acabamos de presenciar en las noticias, en Honduras.
Hay que darle un manejo inteligente a la prisión. Lo
sucedido en unaprisión de Honduras,
debe alertar a los funcionarios de la prisión dominicana de la importancia de
cambiar o de lo contrario, debemos prepararnos para el luto penitenciario. Los
indultos contribuyen a disminuir el hacinamiento, a la reforma penitenciaria.
<span style="font-weight: bold;">[1] El autor es criminólogo, y Pte. de la Sociedad Dominicana de
Criminología.</span>