La Fundación por los Derechos del
Consumidor (FUNDECOM), consideró ponderó la ventaja de que se hubiese aprobado aprobado el proyecto de ley
sometido por el senador por Elías Piña, Adriano Sánchez Roa
El proyecto buscaba
rescindir todos los contratos eléctricos para que se firmaron nuevos contratos
a partir del mandato de la Ley 125-01 general de electricidad, de fecha 26 de
julio de 2001, el país se hubiera ahorrado pagar millones de dólares en
subsidio eléctrico que en cerca de un 90% va a parar a las arcas de las
generadoras y distribuidoras eléctricas y no tendríamos ahora un proyecto de
presupuesto complementario en el que se incluyen 500 millones de dólares en
bonos para cubrir precisamente ese odioso y pesado subsidio eléctrico.
El proyecto de ley que reposa en el
Senado de la República buscaba que toda la compra de energía eléctrica se
hiciera como manda el artículo 110 de la Ley 125-01, en base a licitaciones
públicas que debía organizar y supervisar la Superintendencia de Electricidad
(SIE), lo que pondría a la economía nacional en condiciones de competir en base
a precio de la energía eléctrica y daría un merecido respiro a los ciudadanos y
empresas que pagan el servicio a precios de extorsión, puesto que aparte del
precio de la tarifa eléctrica mensual, se debe agregar lo que se paga por la
compra y uso de inversores, plantas eléctricas, combustible, velas y velones y
la paralización o reducción de las actividades productivas más el perjuicio al
medio ambiente.
FUNDECOM recordó que la Ley 1-12, de
fecha 25 de enero de 2012, que contiene una estrategia nacional de desarrollo
hasta 2030, concede en su artículo 35 un plazo de apenas un año para que las
fuerzas políticas, económicas y sociales arriben a un acuerdo para solucionar
la crisis estructural del sector eléctrico, a fin de posibilitar la inversión
necesaria en la energía que demanda el desarrollo nacional; y sin embargo no se
ha hecho nada al respecto.
La organización de defensa de los
derechos de consumidores y usuarios cree que la capitalización del sector
eléctrico ha constituido un rotundo fracaso y que se hace necesario explorar
nuevos horizontes, en los que el papel protagónico lo tenga el Estado, que de
acuerdo al artículo 131 de la Ley 125-01 es el dueño del sistema de transmisión
y generación eléctrica por cualquier medio hidráulico; y que dados los montos
que aporta en subsidio para beneficio de empresas de distribución y generación,
debe ser el dueño de las empresas de generación eléctrica, que se han sostenido
no en base a la eficiencia sino a contratos leoninos, ilegales e
inconstitucionales.
En la ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los 3 días del mes de
julio de 2012.