Ciudad del Vaticano, 18 julio 2012 (VIS).-Monseñor
Ettore Balestrero, subsecretario de la Sección para las Relaciones con
los Estados de la Secretaría de Estado presidió esta mañana en la
Oficina de Prensa de la Santa Sede un briefing con motivo de la
publicación del Informe de evaluación de las medidas de prevención del
blanqueo de capital y de la financiación del terrorismo adoptadas por la
Santa Sede/Estado de la Ciudad del Vaticano (Informe Moneyval).
Monseñor Balestrero ha sido el jefe de la delegación de la Santa Sede en
la sesión plenaria de Moneyval que tuvo lugar el pasado 4 de julio en
Estrasburgo (Francia).
<b>Siguen extractos del texto presentado esta mañana por monseñor Balestrero.</b>
“El
Estado de la Ciudad del Vaticano tiene un territorio pequeño, con una
pequeña población y un nivel muy bajo de delincuencia nacional, y carece
de una economía de mercado. No es un centro financiero y sus
actividades financieras tienen como objetivo apoyar las obras de caridad
y la religión. Al mismo tiempo, la Santa Sede goza de una reconocida
autoridad moral y está en profunda conexión con los países más cercanos y
los más lejanos del mundo. La Santa Sede,a quien compete la
responsabilidad primaria de la misión de la Iglesia Universal, tiene la
tarea – si no el deber – de orientar y guiar a las organizaciones
católicas ubicadas en todo el mundo. Aunque estas organizaciones tengan
su sede legal en las respectivas jurisdicciones a las que pertenecen, y
por lo tanto deban respetar las normas sobre la prevención y la lucha
contra el blanqueo de dinero y del financiamiento del terrorismo en
vigor en dichas jurisdicciones , es importante tener en cuenta que la
Santa Sede se avale de su autoridad moral para solicitar el mayor
escrúpulo respecto a los demasiado frecuentes delitos transnacionales de
blanqueo de dinero y financiamiento del terrorismo”.
<b>Ruta emprendida y primeros resultados</b>
“En
primer lugar, siempre ha sido firme la decisión de luchar contra el
blanqueo de dinero y financiación del terrorismo. Además, en el
ordenamiento jurídico ya estaban presentes numerosos elementos
necesarios para hacer frente a esos delitos.
A
finales de 2010 se aprobó la Ley no. CXXVII en materia de prevención y
lucha contra el blanqueo de dinero y financiamiento del terrorismo, que
entró en vigor el 1 de abril de 2011. En junio de ese año, se hizo
operativa la Autoridad de Información Financiera (AiF). También en
febrero de 2011, se requirió a MONEYVAL la evaluación sobre las medidas
de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo
adoptadas por la Santa Sede / Estado de la Ciudad del Vaticano. En
noviembre de ese año tuvo lugar la primera visita de los evaluadores
MONEYVAL. Los evaluadores designados por MONEYVAL gozan de la reputación
de ser el equipo más sólido de evaluadores de esa institución. De él
formaban parte el presidente, el secretario y un administrador de de
MONEYVAL; el presidente del Grupo Egmont (el grupo de unidad de
información financiera acreditado internacionalmente y cuya finalidad es
facilitar el intercambio rápido y recíproco de información entre
unidades de información financiera); dos experimentados analistas
financieros y un profesor de derecho internacional”.
<b>La revisión del texto original de la Ley no. CXXVII</b>
“Según
las observaciones preliminares de los evaluadores en noviembre de 2011,
estaba claro que la primera versión de la Ley n. CXXVII, aunque
representase un paso importante hacia una legislación nacional efectiva,
contenía una serie de carencias y limitaciones que debían superarse.
Todas
las jurisdicciones que reciben la visita de los evaluadores disponen de
un plazo de sesenta días (a partir de la visita) para introducir las
modificaciones necesarias en la legislación nacional, de cara a la
preparación del informe. En cumplimiento de ese límite, el 25 de enero
de 2012, la Santa Sede ha modificado la Ley n. CXXVII para hacer,entre
otras cosas, más eficaz la cooperación entre las autoridades internas
competentes en la prevención y la lucha contra el blanqueo de dinero y
financiamiento del terrorismo. El nuevo texto legislativo destaca, en
particular, la importancia de la interconexión entre dichas autoridades y
la necesidad de una distribución equilibrada de las competencias
respectivas, a fin de establecer un sistema interno sólido y
sostenible”.
El sistema actual para prevenir y combatir el blanqueo de dinero y financiación del terrorismo
“Algunos
de los principales elementos de prevención y lucha contra el blanqueo
de dinero y financiación del terrorismo actualmente en vigor:
-Se
introduce el criterio 'risk based approach' (es decir,"basado en el
riesgo") para identificar adecuadamente a los clientes e individuar las
transacciones sospechosas.
-Se sientan las bases para
reforzar la cooperación internacional, incluido el intercambio de
información con los homólogos extranjeros (en este sentido, vale la pena
hacer hincapié en que concierne también al intercambio de información
relativa a los datos anteriores al 1 de abril de 2011).
-Se hace explícita y conforme con las normas internacionales la normativa interna sobre el secreto en ámbito financiero,
-En
materia penal se introduce, entre otras cosas, una amplia definición
del delito de blanqueo de dinero y financiación del terrorismo, y se
especifica la gama de delitos determinantes de conformidad con las
normas internacionales.
-Se refuerzan los poderes de
los tribunales del Vaticano para combatir el delito de blanqueo de
dinero y financiación del terrorismo, así como de los delitos
determinantes, y en materia de incautación y confiscación del producto
de la actividad ilegal;
-En caso de incumplimiento en
la prevención y la lucha contra el blanqueo de dinero y financiamiento
del terrorismo, se agravan las sanciones, haciéndolas, además aplicables
a las personas jurídicas.
-Se han previsto
Memorandos de Entendimiento obligatorios para el intercambio de
información entre la AIF y las unidades de información financiera de los
estados extranjeros. Esto se debe a la convicción de que esos
memorandos son una herramienta eficaz y fiable para el intercambio de
información y son, además, conformes con el principio de reciprocidad
entre las jurisdicciones involucradas en la lucha contra el blanqueo de
dinero y financiamiento del terrorismo;
-Se ha hecho
explícita la facultad de la AIF para realizar inspecciones sobre la
prevención y la lucha contra el blanqueo de dinero y financiamiento del
terrorismo. El texto enmendado de la ley no. CXXVII prevé la adopción de
un Reglamento General específico y detallado en virtud de cómo efectuar
concretamente esas inspecciones.
Por otra parte, la Santa Sede, en nombre del Estado de la Ciudad del Vaticano, el 25 de enero 2012
ha ratificado las siguientes convenciones: Convención de Viena contra
el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988;
Convención de Nueva York para la Represión de la Financiación del
Terrorismo, de 1999; Convención de Palermo contra la Delincuencia
Organizada Transnacional, de 2000.
Las convenciones
mencionadas son directamente aplicables al ordenamiento jurídico
interno, sin necesidad de ulterior implementación, incluidas las normas
sobre extradición y cooperación internacional.
Por
otra parte, el área de la cooperación internacional ha sido
cuidadosamente revisada. Las conclusiones de los evaluadores fueron que
el sistema actual de la Santa Sede y el Estado de la Ciudad del Vaticano
es 'largely compliant' (en gran medida conforme) con las normas
internacionales”.
<b>Áreas en las que los evaluadores señalaron la necesidad de mejoras</b>
“Al
igual que otras jurisdicciones, somos muy conscientes de que la
legislación nacional sobre la prevención y la lucha contra el blanqueo
de dinero y financiación del terrorismo todavía se puede mejorar. Debo
mencionar, a modo de ejempl
-El informe expresa
alguna perplejidad en relación con el uso de memorandos de entendimiento
como base para la cooperación internacional entre las unidades de
información financiera. En este sentido, creemos que la adopción de este
instrumento, de conformidad con las normas internacionales, representa
el enfoque más apropiado para la Santa Sede y el Estado de la Ciudad del
Vaticano. Se trata de una jurisdicción pequeña, que quiere interactuar
con otros países de manera justa y coherente con el principio de
reciprocidad. Por otra parte, esta elección es compartida por otras
jurisdicciones, incluyendo, entre otras, Nueva Zelanda, Canadá y
Australia; esa elección tampoco desagrada a algunos importantes miembros
del GAFI, como los Estados Unidos.
-La Pontificia
Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano se ha dotado, en la
versión modificada de la Ley no. CXXVII, de la facultad de adoptar un
Reglamento General sobre las competencias de inspección de la AIF. Los
evaluadores señalan que, hasta que el presente Reglamento entre en
vigor, las facultades de inspección no se definirán explícitamente.
Estamos completamente de acuerdo. El presente Reglamento, cuyo texto ya
ha sido elaborado, reflejará la seriedad de nuestros objetivos.
-El
informe señala que la estructura de la AIF, al combinar las funciones
normalmente llevadas a cabo por las unidades de información financiera
con las realizadas por los organismos reguladores, podría causar
dificultades en la aplicación efectiva de las normas internacionales.
Dicha estructura de la AIF procede de la primera versión de la Ley n.
CXXVII. Se ha mantenido en la versión modificada de la misma ley, pero
los evaluadores han expresado su escepticismo acerca de su "concreto
funcionamiento". Estamos muy agradecidos por esta observación, que
acogemos con seriedad.
-El informe observa que podría
haber un conflicto de intereses por el hecho de que una misma persona
ejerza al mismo tiempo su actividad en una institución vigilada y en el
ente de vigilancia”.
<b>Pasos sucesivos a la modificación de la ley n. CXXVII</b>
La
Santa Sede ha proseguido el fortalecimiento del sistema interno de
prevención y lucha contra el blanqueo de dinero y financiamiento del
terrorismo. En primer lugar, las autoridades competentes de la Santa
Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano han pasado de soluciones a
corto plazo a soluciones a largo plazo, sostenibles y eficaces.
Por ejemplo, después del 25 de enero (es decir, después del período de dos meses tras la visita de los evaluadores):
-La
Santa Sede ha introducido una lista interna de las personas
identificadas como terroristas, de conformidad con las medidas exigidas
por las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas.
-Se ha enviado oficialmente una carta de adhesión al Grupo Egmont.
-Mediante
la firma del Memorando de Entendimiento, la AIF se ha colocado
rápidamente en la red internacional de unidades de información
financiera.
-La Pontificia Comisión para el Estado de
la Ciudad del Vaticano ha puesto en marcha, como hemos observado, el
proceso de adopción del Reglamento General sobre la facultad de
inspección de la AIF.
-Ha iniciado una revisión ulterior de la justicia penal, con miras a su modernización, a la luz de las normas internacionales.
– Se completará en breve la evaluación de factores de riesgo.
–
Está en fase de evaluación adicional, la ratificación de ulteriores
tratados sobre la lucha contra la delincuencia y la introducción de una
nueva ley sobre organizaciones no lucrativas”.
Conclusión
“Hemos
dado un paso definitivo echando los cimientos de una 'casa', es decir
de un sistema de lucha al blanqueo y al financiamiento del terrorismo,
que sea sólido y sostenible. Ahora queremos construir un 'edificio' que
demuestre la voluntad de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del
Vaticano de ser un 'compañero' fiable en la comunidad internacional”.