<font size="2"><b>La aprobación y puesta en vigencia del
denominado Nuevo Código Procesal Penal, en 2004, puede servir de punto de
partida para analizar la política pública seguida a la fecha por el Ministerio
Público en general y del ambiental en particular. En sendos casos,la palabra fracaso es la que mejor define lo
ocurrido desde entonces a la fecha. </b></font>
El aguijón para el cambio lo constituyó la
supuesta necesidad de limpiar nuestras cárceles de presos preventivos, sin
embargo, hoy existen más presos preventivos que en el modelo anterior. Por
tanto, aquí falló el Ministerio público en tanto y cuanto modelo renovador de
la política pública de justicia. Ciertamente, en lo referente a las presiones,
a los condenados, el nuevo modelo puede calificarse de exitoso, pero su éxito
no puede ser atribuido a ninguno de los procuradores en particular, pues otros
elementos ajenos a éstos son los que han determinado el éxito de dicho modelo,
el cual, podría decirse, que existe a pesar de ellos. No obstante, cada
procurador ha pretendido adjudicarse el éxito de dicho programa, por ser la
única prenda en capacidad de exhibirse desde esa grada.
Si observamos la política pública judicial
aplicada en materia de género se observará que el problema está en alerta roja;
igual ocurre con la política de Niños, niñas y adolescentes, nunca como hoy
estuvo el tema en peores condiciones. No por el Código del Menor sino porque el
Ministerio público no ha sido capaz de hacer que sociólogos y sicólogos cumplan
con el rol de seguimiento que manda dicho código. Entonces el problema no es
solo de reforma, consiste en que se observe si se ha dado cabal cumplimiento a
la legislación existente. Un diseñador originario de dicha política ahora
pretende buscar la culpa del fracaso en la regla, es decir en el CPP, olvidando
que los operadores más que el Código, son quienes deben asumir la responsabilidad
por su fracaso. En estos dos renglones no puede afirmarse que existe un
ministerio público descarriado, por el contrario, existe capital humano de
excelente calidad, sobre todo en Derecho de Género, pero el jefismo, el
dirigismo y la ausencia de independencia operativa, han hecho abortar a esas
procuradurías especializadas. No nos extrañaría que en algún momento los
fiscales de género y NNA sean trasladados, por ejemplo, a propiedad intelectual
y a la Procuraduría Ambiental y viceversa. Es decir, la especialidad rueda –a
todos los niveles- por el piso en el mundillo del Ministerio Público.
Igual ocurre con la procuraduría para la
Propiedad intelectual, ha sido reducida, por envidia, a su mínima expresión. Es
como si los jefes del Ministerio público aborrecieren a la sociedad del
conocimiento, al conocimiento como recurso base de la sociedad de la sapiencia.
El costo para el país de tal fracaso es inconmensurable.
Qué decir entonces de la Procuraduría General
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, aquí lo único que cabría es solicitarle
al Presidente de la República que ordene la clausura de dicha procuraduría,
pues poco o nada puede exhibir que justifique su existencia. Esta es la primera
de las procuradurías especializadas, pues su existencia no es obra del CPP sino
de la ley 64-00. Pero como cuenta con una institución de apoyo que puede
ofertarle lo que falta en otras áreas para sustanciar una acusación, no puede
hacerlo, pues existe allí un personal designado para que sean exclusivamente
anónimos y titiriteros. Dicho órgano ha desaparecido en la práctica debido al
jefismo imperante. Es el receptáculo donde un personal que puede calificarse de
todo menos de laborioso pulula a escondidas, tal y como lo expresa Camilo Sesto
en una de sus canciones. Han estado ausentes de todos los problemas importantes
de su competencia desde la cementera de Gonzalo hasta el desastre de la Barrick
Gold. No han sido capaces de detener la tala de árboles ni la extracción de
agregados de nuestros ríos o la caza de animales y plantas en vía de extinción.
Recientemente resultó patético observar cómo los residentes del sector de
Gascue debieron salir a las calles exigiendo a ese órgano del Ministerio Público
que abandonara su sueño invernar y despertara ante los problemas de
contaminación sónica en Gascue y ante la ocupación de espacios públicos y privados.
Esa acción debió ser repetida por los
residentes en la ciudad Colonial, es decir en el punto cero de la ciudad de
Santo Domingo, la iglesia debió de asumir el tema con todas sus consecuencias y
se vio a vecinos honorables por su bonhomía y edad clamar por justicia. La
solución a medias que obtuvieron no tuvo por protagonista al a Procuraduría Ambiental.
Ahora según reseña el Periódico Hoy en la
página 11ª de la edición del 23 de septiembre de 2012, recién transcurrido, son
los residentes del punto cero de la Ciudad de Santiago de los Caballeros
quienes claman a Dios, para que, por favor, la Procuraduría Ambiental, asuma el
problema de la contaminación sonora que les mata su calidad de vida. Sin
embargo, poco es lo que pueden esperar esos residentes de un órgano tan negligente
ante las quejas de la ciudadanía por asuntos de su competencia.
Es cierto, se pueden refugiar en que la Ley
133-11 oLey Orgánica del Ministerio
Público ha reducido a los procuradores adjuntos a simples ayudantes de los
titulares de las diversas jurisdicciones. Es decir, nuestros fiscales carecen
de independencia de actuación en los hechos que son de su competencia
investigativa, solo actúan por mandato expreso de su superior inmediato y esto
afecta su imparcialidad, pues a nadie se le sanciona por omisión pero si por
acción. No son pocos los fiscales destacados sacados del sistema por cumplir la
ley, en cambio, son muchos los que permanecen por ocultarse esperando que el
tiempo mejore. Así, el día que un Procurador desea enterarse de cuál de sus
órganos es inoperante deberá mirar hacia la Procuraduría General de Medio Ambiente,
luego cualquier decisión supuestamente disciplinaria está encaminada a procurar
un malestar dentro del interior del órgano que será a la larga
contraproducente, claro, jefear implica creerse poseedor de la verdad absoluta.
Ante tal panorama, vendría bien el cierre de ese órgano pues quizás la economía
resultante sirva ayudar a los planes de educación que tiene el Gobierno de
Danilo Medina.
Hasta ahora la Constitución de 2010 no ha
sido observada por el Ministerio Público Ambiental como esta norma conlleva
proceso contra los funcionarios públicos venales, no dudamos que algunos sean
procesados por violación a la Constitución.DLH-30-9-2012