6 Febrero 2013.-Las organizaciones políticas son asociaciones privadas para la
acción pública. Ningún partido está obligado a recibir o mantener en sus filas
a quien no desea porque haya faltado a sus disposiciones internas, que cada
quien acepta al jurar la membresía.
El Tribunal Superior Electoral, a mi modo de ver, no tiene
atribución para decidir quiénes forman parte o no de un partido, no puede
imponer quienes son asociados o conmilitones en una organización política. En
cualquier situación, son las máximas instancias las que deciden quienes forman
filas o no de la organización.
A ninguna mayoría partidaria calificada se le puede obligar a
participar con quien no quiere hacerlo porque ha violado el régimen interno,
intentar imponerle una situación de esa naturaleza es violar los derechos
políticos, ciudadanos y humanos de sus miembros.
En el caso del PRSC, lo que debió hacer el TSE fue declarar la
incompetencia y sugerirles a los afectados que apelaran a la Instancia Superior
inmediata a la que declaró su expulsión de la organización. Y así, si fuere
necesario, recurrir hasta la Asamblea Nacional, que es el Organismo Soberano
del Partido, cuyas decisiones son inapelables.
En su calidad de organizaciones privadas, es dentro y no fuera
de los partidos donde se ventilan los casos de militancia, indisciplina o
insubordinación.
Agotado ese proceso, para lo que tenía facultad el TSE era para
conocer si las expulsiones eran decisiones de la voluntad expresa de las
mayorías calificadas de sus organismos, de acuerdo al mandato de su Estatuto.
Que en todo caso, los militantes interesados o afectados de la organización,
podían apelar hasta culminar en la Asamblea Nacional.
En esa Instancia se impone la decisión de las mayorías
calificadas, la minoría resultante tiene una alternativa: o acepta y se somete
a la voluntad mayoritaria, o dimite, en ningún caso está facultada para trazar
líneas partidarias contrarias a las aprobadas. En una situación de rebeldía, la
decisión de segregación de los que no acatan las decisiones de la Asamblea es
absolutamente legítima.
La voluntad mayoritaria de un partido tiene tanta fuerza que
incluso puede optar por la fusión con otra organización o la disolución definitiva.
Esos escenarios están previstos y normados en la ley, de ninguna manera se
aplican por la decisión del Tribunal Superior Electoral. Éste, a lo sumo, en la
hipótesis de que alguien lo recurra, sólo podrá verificar si al querellante le
fueron respetados o no los derechos normados por el Estatuto o, en una acción
que envuelva el conjunto de la organización, se haya efectuado apegado a lo que
manda la ley. En caso contrario, entonces actuar en consecuencia.
Diferente a los partidos políticos, el Estado es una institución
pública para la acción pública, y la categoría de ciudadanía es la más
apreciada cualidad para sus habitantes, mucho más preciada que la membresía de
un partido. Sin embargo, la Constitución de la República, guía y regla del
Estado y de la acción ciudadana, es taxativa al señalar cómo y cuándo se pierde
la categoría ciudadana.
Tómese en cuenta que la Constitución sentencia de manera
obligatoria la vocación de cada dominicano a ser ciudadano. Ese no es el caso
de los partidos, donde admitir la membresía de una persona es privativo de la
organización. Entonces, ¿cómo se pretende cercenar la facultad de los partidos
a disponer en qué situación un militante pierde la membresía?
Salvando las diferencias, si extrapolamos al accionar de los partidos
políticos habremos de aceptar que éstos, como el Estado en la Constitución,
tienen su guía en su Estatuto, que pauta la convivencia, derechos y
responsabilidades de su membresía, la que tiene que cumplir las normas propias
de la organización, las que aceptó al incorporarse a ese partido.
En el caso de la historia política de la República Dominicana,
hay una amarga práctica que encontrará un fuerte ariete de sostén en la
imposición del Tribunal Superior Electoral. Se trata del transfuguismo y la indisciplina
delirantes que empujan a los partidos políticos hacia un laberinto mortal.
Reflexionemos, no continuemos por esos caminos extraviados, porque así no se
construye y fortalece la democracia dominicana.