SANTO DOMINGO.-El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) inició en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), una amplia jornada de orientación sobre los derechos y deberes de los usuarios del mercado de las telecomunicaciones, el que según se afirmó, registró un crecimiento durante el 2012, de más de 843 mil suscripciones en contratos de servicios de Internet y 8 millones 934 mil 196 líneas de teléfonos móviles.
La actividad, que congregó a cientos de estudiantes universitarios en el Aula Magna de la UASD, fue organizada por la Gerencia de Protección al Usuario del INDOTEL, a través del Departamento de Orientación al Usuario, y la coordinación de la Vicerrectoría de Extensión de la más vieja universidad de América, a cargo del licenciado Francisco Terrero Galarza.
La charla fue impartida por las licenciadas Teresa Concepción, encargada del Departamento de Orientación al Usuario (DOU), y Ana Irma Olivo, Coordinadora de Orientación al Usuario, por iniciativas del presidente del INDOTEL, licenciado Carlos Amarante Baret; la directora ejecutiva, licenciada Teresita Bencosme de Ureña, y la gerente de Protección al Usuario, licenciada Cecilia Alcántara López.
Las licenciadas Concepción y Olivo trataron sobre la instancia, motivos, procedimientos y plazos de los reclamos; así como los derechos, deberes y principales resoluciones y reglamentos que rigen las relaciones usuarios-prestadoras en el sector de las telecomunicaciones del país.
Señalaron que la protección de los derechos y deberes de los usuarios está garantizada por más de nueve resoluciones y el Reglamento General de Servicio Telefónico emitidas por el INDOTEL, órgano regulador de las telecomunicaciones creado mediante la ley 153-98 del 20 de mayo del año 1998.
<b>Casi nueve millones de teléfonos móviles</b>
Las técnicas del INDOTEL partieron para justificar la necesidad de orientar a los usuarios, del crecimiento mostrado por el mercado de las telecomunicaciones en la República Dominicana, indicando que solo durante el año 2012 se registraron 8 millones 934 mil 196 líneas de teléfonos móviles.
Dijeron que igualmente ese año se registraron 2 millones 054 mil 905 suscripciones de Internet; 423 mil 838 suscripciones de televisión por cable; 45 mil 328 líneas IP (Protocolo de Internet) y un millón 024 mil 882 líneas telefónicas fijas.
Manifestaron que entre las medidas adoptadas por el INDOTEL para proteger a los usuarios y regularizar el mercado telefónico, se destaca el Reglamento General de Servicio Telefónico, que establece el pago de créditos por casos de interrupciones, específicamente las averías masivas, la falta de calidad y los problemas en la red, entre otros.
Explicaron que en primer lugar, el usuario tiene que elevar su reclamo ante la prestadora con quien ha contratado el servicio; luego, en segundo lugar, acudir al INDOTEL si no está conforme con el tratamiento o respuesta recibida de la empresa.
45 días para reclamaciones de usuarios
Concepción y Olivo indicaron que los usuarios pueden hacer reclamos por problemas de facturación, señales borrosas, activación, cancelación de servicio, traslado, suspensión o corte, averías, intermitencias, calidad del servicio, dilación en la corrección de avería y dilación en la recepción de quejas, entre otros.
Las funcionarias del INDOTEL precisaron, asimismo, que las reclamaciones son gratuitas y que se pueden hacer por teléfono, personalmente o mediante otra vía, siempre permitiendo obtener constancia de haber realizado el reclamo. Además, el usuario podrá ser representado por un representante designado mediante un poder y no será obligatoria la presencia o intervención de abogados.
Según las especialistas, los usuarios tienen 45 días para la presentación de la reclamación por ante la prestadora; 30 días por facturación y 20 días para casos de contratación, instalación, activación, traslado, suspensión o corte, retiros y averías, calidad del servicio y otros.
Igualmente, los usuarios tienen derecho a ser informado sobre el procedimiento y tiempo requerido para atender solicitudes relacionadas con el servicio; a que la facturación del servicio se ajuste a las tarifas vigentes y a lo consumido; a ser informado sobre todas las consecuencias que se deriven de no pagar el servicio en el tiempo establecido, a recibir la facturación en el tiempo apropiado y a la confidencialidad de la información individual que surja de la relación con su prestador, salvo orden escrita de una autoridad competente.
Las licenciadas Concepción y Olivo precisaron, igualmente, que el usuario tiene derecho a no pagar la porción de la factura sujeta a reclamo; a la no suspensión del servicio, por parte de la prestadora, mientras dure el proceso de reclamación; a contratar servicios con distintas prestadoras de manera simultánea, y el derecho de recurrir ante el INDOTEL, cuando, luego de reclamar ante la prestadora, la solución dada no le sea satisfactoria.
En cuanto a los deberes, los usuarios tienen que pagar por el consumo del servicio dentro del plazo establecido; usar correctamente el servicio, no revenderlo sin la autorización de la prestadora y no remover, obstruir, reparar, reformar, cambiar o alterar las instalaciones internas y/o externas, sin el consentimiento de la prestadora.
También, los usuarios no pueden efectuar conexiones o instalaciones para obtener en forma fraudulenta el suministro del servicio.
Resoluciones y el Reglamento Servicio Telefónico
Concepción y Olivo detallaron que el INDOTEL ha emitido más de nueve resoluciones, entre las que destacan la número 026-00 que crea el Centro de Asistencia al Usuario (CAU) y número 036-00 que sanciona las interceptaciones ilegales de las telecomunicaciones en la República Dominicana, y el Reglamento General de Portabilidad Numérica.
Asimismo, las resoluciones que reglamenta el suministro de información por las prestadoras a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y la publicación de sus ofertas, con la finalidad de preservar el derecho de los usuarios a elegir libremente; la que crea el Reglamento Orgánico Funcional de los Cuerpos Colegiados y la que crea el reglamento sobre la autorización judicial para la vigilancia e interceptación electrónica de comunicaciones.
Destacaron la emisión y reciente modificación del Reglamento General de Servicio Telefónico que da garantías en torno a las ofertas publicadas por las prestadoras, además de que “las cláusulas abusivas se reputarán como no escritas o inaplicables en los contratos que realicen los usuarios con las prestadoras.
“Solo podrán estar sujetos a periodos mínimos los contratos en los cuales las prestadoras ofrezcan al usuario subsidio de equipos terminales y descuentos, rebajas o exoneraciones en las tarifas vigentes del servicio”, establece dicho Reglamento según explicaron las licenciadas Concepción y Olivo.
Apuntaron que la jornada de charlas dirigida a estudiantes universitarios continuará en otras universidades con el objetivo de orientar sobre los temas de protección al usuario en materia de derecho y deberes en los servicios de telecomunicaciones en el país.