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<span style="color: #222222; font-family: arial, sans-serif; font-size: 13px; background-color: #FFFFFF;">Nacionalidad, Juliana y Tribunal Constitucional</span>

<b>Todos los dominicanos que sentimos en nuestros corazones el espíritu de patriotismo estamos consicientes de que la nacionalidad debe ser preservada y defendida. Los dominicanos que valoramos el esfuerzo y la entrega de Duarte, creador de la nacionalidad, no podemos permtir que se desarrolle ninguna acción que intente afectar la dominicanidad. Empero, debemos tener mucho cuidado de no cometer injusticias o abusos en nombre de un nacionalismo que pueda colindar con la exclusión, el racismo o la xenofobia.</b>

Todo esto lo expreso a propósito de la controvertida sentencia 168-13, dada a conocer esta semana por el Tribunal Constitucional a propósito de un recurso de amparo incoado por la señora Juliana Dequis Pierre, dominicana de origen haitiano, a quien no le quieren aceptar su nacionalidad dominicana. Esa decisión del tribunal le niega la nacionalidad a Juliana aduciendo que "es hija de extranjeros en tránsito", lo cual es una decisión incorrecta desde mi punto de vista y de las magistradas Isabel Bonilla y Katia Miguelina Jiménez, juezas del Tribunal Constitucional quienes emitieron un voto disidente a esa decisión.

Los padres de Juliana vinieron de Haiti a trabajar en nuestra nación y cuando Juliana nació en 1984 ya ellos tenían varios años ellos residiendo en el país por lo que su condición no era de "extranjeros en tránsito". Una persona en tránsito es definido por las leyes dominicanas como alguien que esta de paso y que dura en nuestro país de una semana a 15 días, por lo que en este caso no vale esa decisión. Los padres eran ilgeales, eso es cierto, pero de acuerdo a la constitución dominicana que estaba vigente cuando nació Juliana la condición de legalidad de sus padres no le afectaba pues estaba vigente el Jus soli, es decir, que eran dominicanos todos los nacidos en territorio dominicano sin importar la situación legal de sus progenitores.

Es a partir de la constitución del 26 de enero del 2010 que se establece que los hijos de extranjeros ilegales no puede ser dominicano. Pero las leyes no son de efecto retroactivo y el Tribunal Constitucional quiere aplicar en el caso de Juliana y de todos los dominicanos de origen haitiano, un efecto retroactivo para no darle la nacionalidad. Juliana nació aquí, se crió aquí, tiene arraigo y costumbres dominicanas, nunca ha ido a Haiti, no tiene arraigo ni familia en Haiti, es una dominicana como el que más. Como lo fue Peña Gómez, Sonia Pierre y Pedro Mir.

Estoy convencido que los miembros del Tribunal Constitucional que tan dignamente preside mi amigo Milton Ray Guevara, no tienen malas intenciones en su decisión ni en ellos se alberga ningún sentimiento de xenofobia, injusticia ni racismo. Ellos buscan enfrentar con firmeza un problema que heredaron y que ha traído muchos problemas a la nación dominicana. Pero entiendo que han tomado la ruta equivocada. Con su decisión han creado una situación que seguirá provocando serios problemas nacionales e internacionales a nuestra nación. Le has faltado un poco de sentido de justicia. Hay que recordar que Duarte, el fundador de la nacionalidad, dij "Sed Justos lo primero, si queréis ser felices, y así apagaréis la tea de la discordia".euricabral07@gmail.com

Carlos Tejada

Diario DigitalRD.Com, primer diario en línea creado en República Dominicana, fundado el 16 de enero del 2006. Su director es el periodista José Tejada Gómez. Para contactos. Cel. 809-980-6500 y 809-6081130. editor@diariodigitalrd.com

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