Higüey, La Altagracia.- A solicitud del Ministerio Público de esta jurisdicción, el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia condenó a penas de 30 y 20 años de prisión a dos mujeres que fueron halladas culpables del delito de homicidio en perjuicio de otra mujer.
Las condenas fueron dictadas contra las imputadas Grismeily Guerrero y Erika De La Cruz Rijo, quienes fueron sentenciadas a 30 y 20 años de prisión, respectivamente, luego que el Ministerio Público comprobara que segaron la vida a Wilna Teresa Martínez Barriento.
Por el mismo hecho, también fueron sentenciados los imputados Porfirio Báez, alias Amarillo, y Ramón Sabino Romano, alias Julio, quienes fueron condenados a dos años de prisión correccional y al pago de una multa de doscientos pesos por el ocultamiento del cadáver de la víctima.
Según el dispositivo de la sentencia los cuatro imputados también deberán pagar una indemnización ascendente a la suma de RD$10 millones de pesos de manera conjunta y solidaria a favor y provecho del padre de la víctima, señor José Martínez Vásquez, como justa reparación por los daños y perjuicios ocasionado por el hecho delictivo.
Por igual, los cuatro imputados en conjunto fueron sentenciados al pago de las costas penales del proceso.
La Procuraduría Fiscal de La Altagracia, que dirige el magistrado Lucas Evangelista Pérez, acusó al grupo de cometer el crimen de homicidio con premeditación, violando con ello las disposiciones contenidas en los artículos 59, 60, 295, 296, 297, 302 y 359 del Código Penal Dominicano.
El tribunal declaró buena y válida en cuanto a la forma la constitución en actor civil interpuesta por el señor Martínez Vásquez, en su calidad de padre de la occisa Martínez Barriento, a través de su abogado José Manuel Severino Gil, por ser hecha conforme a la normativa procesal penal.
Además, rechazó por improcedente la solicitud de condenación del pago de una indemnización en contra del Estado dominicano y de la Procuraduría Fiscal de la provincia de La Altagracia.
Igualmente, rechazó en todas sus partes las conclusiones formuladas por la defensa técnica de los imputados, en el aspecto penal, por improcedentes.