Medio Ambiente

Autoridades dominicanas regulan la pesca de Anguila rostráta

SANTO DOMINGO.- Con el objetivo de proteger, conservar y
promover el desarrollo sostenible de la especie acuática Anguila rostrata, el
Ministerio de Agricultura, a través
del Consejo Dominicano de Pesca y
Acuicultura (Codopesca), declaró una veda general para su pesca, procesamiento y comercialización desde
primero de abril y el 14 de septiembre de cada año.

Mediante la Resolución No. 80-2013, firmada por el ministro de
Agricultura, Luis Ramón Rodríguez, se establece que la veda incluye todas las etapas del ciclo de vida de la
especie, o sea, su estado de anguila cristal, anguila corocos y adultas.

Uno de los considerando de la Resolución
indica que es función del Codopesca otorgar autorizaciones, permisos, patentes,
concesiones y salvoconductos para la
investigación, extracción, pesca, procesamientos y comercialización de los
recursos pesqueros, así como para la producción y ejercicio de la acuicultura.

Agrega que el Codopesca podrá adoptar, mediante resolución, las medidas
necesarias para la ordenación de las actividades de fomento, explotación,
conservación y comercialización de los recursos biológicos acuáticos, de
acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 307-04, que lo crea, y en
cumplimiento de las normas legales que rigen
para tales fines.

Asimismo, que es un eje estratégico principal del Codopesca el
desarrollar un sistema efectivo y
eficiente del sector pesquero y acuícola dominicano, y que se hace necesario
establecer controles estrictos del comercio de angulas, que incluyan los puertos de exportación. .

Advierte que el tráfico ilícito de angulas y otras fases del ciclo de
vida de la Anguila rostrata, representa
una seria amenaza a la sostenibilidad de ese recurso y la rentabilidad de los mercados.

Uno de los artículos de la resolución 80-2013 explica que los pescadores sólo podrán dedicase
al ejercicio de la pesca de la especie de Anguila rostrata u de cualquier
especie de anguila, con aquellas compañías
o persona que estén debidamente autorizadas, mediante la
correspondientes licencia que para tales fines emitirá Codopesca.

Explica que toda exportación de la especie Anguila rostrata en sus
fases larvales y adulta, deberá ser realizada única y exclusivamente a través de los aeropuertos del Cibao, en
Santiago, y de Las Américas, en Santo Domingo.

El Codopesca sólo emitirá
certificados de no objeción para la exportación de anguilas a través de esos
aeropuertos a partir de la fecha de la presente
resolución, por lo que cualquier
cargamento que sea detectado en otros aeropuertos, será considerado ilegal y,
por consiguiente, decomisado.

Carlos Tejada

Diario DigitalRD.Com, primer diario en línea creado en República Dominicana, fundado el 16 de enero del 2006. Su director es el periodista José Tejada Gómez. Para contactos. Cel. 809-980-6500 y 809-6081130. editor@diariodigitalrd.com

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