Nuestro país ha estado bombardeado en los últimos meses por una cantidad increíble de información a favor y en contra de la sentencia del Tribunal Constitucional 168/13, que como una magistral obra jurídica, puso muy en claro como debe ser asumida la ciudadanía dominicana desde cualquier condición, pero algo que ha creado la discusión sucedánea sobre el tema, es una fisura en los conceptos patriotismo y nacionalismo en una cantidad considerable de ciudadanos y ciudadanas, que en muchos casos se ha mezclado con sentimientos humanos primarios, haciendo que se asuman posiciones extremas que pueden llevar a la ausencia de reflexión y por tanto a la definición de una opinión particular incorrecta y no acorde con la realidad jurídica y legal del país, que al final es lo más importante.
Por eso hemos querido plasmar en este artículo lo que significa cada concepto y como debe ser entendido cada uno en el contexto del tema que nos ocupa: La Sentencia del Tribunal Constitucional.
Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, (DRALE) NACION es: “Conjunto de los habitantes de un país regido por el mismo gobierno, Territorio de ese país, Conjunto de personas de un mismo origen y que generalmente hablan un mismo idioma y tienen una tradición común”, creo que esa definición define a la nación Dominicana sin ningún tipo de duda, no obstante, lo más importante de esta definición es que las personas que forman una nación tienen el mismo origen, el mismo idioma, la misma cultura, con todo lo que esta última representa, así una nación puede no estar en un mismo territorio y ser una nación, pueden no tener el mismo gobierno y ser una nación, lo cual no es nuestro caso.
Según el mismo DRALE, define al ESTADO com “Porción de territorio cuyos habitantes se rigen por leyes propias, sometidos a las decisiones de un gobierno común”, lo más significativo de esta definición es que el concepto Estado está referido a un territorio, y que el mismo se rige por leyes y lo administra un gobierno, lo cual nos indica que el Estado es un término Jurídico, formulado y aplicado a un territorio y sus habitantes, es decir su ciudadanía.
Por otro lado, el DRALE nos dice que CIUDADANIA es: “Cualidad y derecho de ciudadano, conjunto de los ciudadanos de un pueblo o nación, comportamiento propio de un buen ciudadano”, como puede observarse todas las acepciones del término están referidas a lo que es un Ciudadano, el cual se define en el DRALE com “habitante de las ciudades antiguas o de Estados modernos como sujeto de derechos políticos y que interviene, ejercitándolos, en el gobierno del país”, la frase clave es “derechos políticos”, la ciudadanía, que la constituyen los ciudadanos está referida a derechos políticos, los cuales obviamente están determinados por las leyes, que son las que conforman el Estado y su gobierno, el cual administra la nación.
Ahora bien que es la PATRIA: “Tierra natal o adoptiva ordenada como nación, a la que se siente ligado el ser humano por vínculos jurídicos, históricos y afectivos”, podemos observar en esta definición que el ciudadano (individuo) se vincula a la patria por medio de un sentimiento (a la que se siente ligado el ser humano) el cual puede tener uno o varios orígenes, jurídico, histórico o afectivo, y que el ordenamiento “nación”, con base en leyes, idioma y cultura, es el objetivo de esos sentimientos.
Luego de ver los diferentes significados que da el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (DRALE), podemos colegir que un NACIONALISTA: “es aquel que defiende la ideología que atribuye entidad propia y diferenciada a un territorio y a sus ciudadanos, y en el que se fundan aspiraciones políticas diversas, pero gozando siempre de independencia en sus órganos rectores, dándose sus propias leyes y defendiendo lo natural de una nación y cuanto le pertenece”, en cambio un PATRIOTA “es aquel que tienen amor a su patria (al territorio que se siente sentimentalmente vinculado), la diferencia de estos dos termino está en las Leyes, el primero defiende el uso de las leyes que conforman el estado y de las que hace uso el gobierno y sus diferentes órganos, para administrar la nación y su territorio, denominado también país, y el segundo es un sentimiento, es cuando una persona tiene amor a su patria y procura todo su bien.
En el contexto de la discusión por la Sentencia del Tribunal Constitucional, un órgano del Estado, jurídicamente legitimo para dictar dicha sentencia, la cual tiene su base en las leyes vigentes antes y durante sucedieron los hechos que juzga, y ahora el poder ejecutivo, órgano del gobierno del Estado, que debe acatar sin ningún tipo de subterfugio lo dictado por el Tribunal Constitucional, según establece la Carta Magna que da origen a la Nación, al País, y el Estado Dominicano, yo me pregunto ¿Cuál debe ser el perfil de los Nacionalistas y los Patriotas en este contexto?, ¿Si alguien no procura el bien para su nación NO es patriota?, ¿Los que están en contra de la sentencia que define la nacionalidad Dominicana, y defiende la soberanía del Estado Nacional, son antinacionalistas o antipatriotas?, los términos y significados están ahí, las conclusiones son vuestras.
Facebook: [email protected]
Twitter: @frenumi