La bandera tricolor dominicana es uno de los símbolos patrio
junto al escudo y el himno nacional. Para exaltarla, se celebra su dia los 21 de enero de cada año, una decisión oficial que consta en la Gaceta Oficial No.5231 del mes de mayo de 1938.
Sin embargo en dicha publicación se declaraba
como Día de la Bandera el 24 de octubre, porque era la fecha de nacimiento del dictador Rafael Leónidas Trujillo Molina, que gobernó el país hasta el 30 de mayo del 1961.
Cuando se puso fin a ese régimen se dictó la ley 6085 del 22 de octubre de 1962 (Gaceta Oficial 8707 del 3 de noviembre de 1962) que instituyo como día de la bandera nacional el 27 de febrero, el día de la
Independencia Dominicana:
Como está concebida, la Bandera Dominicana viene a ser un símbolo sagrado para los ciudadanos de este país. De acuerdo con lo descrito dentro del artículo 31 y 32 de la Constitución, tiene una cruz en el centro que extiende hacia las extremidades y divide la bandera en cuatro rectángulos: los de arriba son azul (en el lado del asta) y rojo, y los de abajo son rojo (en el lado del asta) y azul. En el centro de la cruz existe el escudo de armas de la República
Dominicana.
La bandera nacional Dominicana se caracteriza por una cruz blanca cuyos brazos se extienden hasta las orillas, dividiendo la bandera en cuatro cuarteles, dos azules y dos rojos, alternados, dispuestos de manera que el primer cuartel, aquel situado junto al asta y que está unido al tope, sea azul. La relación anchlargo es de 2:3; es decir que por cada 2 unidades de ancho tendrá 3 unidades de largo. La Bandera Nacional fue concebida por Juan Pablo Duarte, el cual la definió claramente en el juramento de los Trinitarios:
"En nombre de la Santísima, augustísima e indivisible Trinidad de Dios Omnipotente: juro y prometo, por mi honor y mi conciencia, en manos de nuestro presidente Juan Pablo Duarte, cooperar con mi persona, mi vida y bienes a la separación definitiva del gobierno haitiano y a implantar una República soberna e independiente de toda dominación extranjera, que se denominará República Dominicana.
LA CUAL TENDRÁ SU PABELLÓN TRICOLOR EN CUADROS ENCARNADOS Y AZULES ATRAVESADO CON
UNA CRUZ BLANCA.
Mientras tanto, seremos reconocidos los trinitarios con las palabras sacramentales de DIOS PATRIA Y LIBERTAD".
Así lo prometo ante Dios y el mundo. Si tal hago, Dios me proteja, y si no, me lo tome en cuenta, y mis conocidos me
castiguen el perjurio y la traición, si lo vendo"
La primera Bandera Nacional fue confeccionada por varias damas, entre las que se pueden citar a María Trinidad Sánchez, María de Jesús Pina, Isabel Sosa y Concepción Bona. Esta ondeó airosa por vez primera el 27 de febrero de 1844, día de la Independencia Nacional.
Luego, el 6 de noviembre de 1844, el Congreso Constituyente, instalado en San Cristobal, promulga la Primera Constitución de la República, en la que quedó adoptada la Bandera Nacional como símbolo de la Patria, alternando un cuartel azul por rojo, para hacerla más armoniosa y una de las más bellas banderas del mundo.
El uso de la bandera dominicana está regulado esencialmente por la ley 360 de 1943, sus modificaciones y decretos. Estos estipulan lo siguiente:
El lado frontal de la bandera es aquel en el cual el cuartel azul queda a la izquierda del observador. La bandera nunca tocará el suelo.
La bandera será enhestada todos los días laborables en todos los edificios y dependencias oficiales del estado, desde la salida hasta la puesta del sol.
La bandera no debe exhibirse en mal estado (ni rasgada, ni maltratada, ni sucia…).
Es un deber de todo dominicano exhibir la bandera en los días de fiestas patrias (27 de febrero, 16 de agosto, por ejemplo).
Cuando la bandera se ice junto a otra, debe quedar siempre a la derecha (izquierda del observador mirándola de frente).
Cuando la bandera sea colocada en forma vertical, el cuartel azul de la esquina superior, el que está unido al borde grueso de la driza, deberá quedar a la izquierda del observador.
Cuando la bandera sea colocada horizontalmente sobre una pared la bandera deberá colgarse de modo que el cuartel superior azul que está unido al borde derecho de la driza, quede a la izquierda del observador.
En los días declarados oficialmente como duelo nacional, primero se iza la bandera hasta el tope del asta y luego se baja a media asta.
Los Ataúdes de los miembros de las Fuerzas Armadas y de funcionarios públicos de Alta jerarquía se cubrirán con la Bandera Nacional.
fuera de ello, Solo podrán cubrir con la bandera los ataúdes de personas insignes que le hubieren servido a la patria y hubiesen reunido condiciones de proceridad.