Pro Consumidor saluda la decisión de la Suprema Corte de Justicia que confirma las facultades de esta entidad de sancionar y multar a los infractores a la ley 358-05 que garantiza los derechos fundamentales de los consumidores o usuarios en la Republica Dominicana.
La suprema dejó sin efecto una sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo que negaba esa prerrogativa a la entidad.
La disposición está contenida en un recurso de casación fallado a favor de Pro Consumidor por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia.
La decisión establece que el Tribunal Contencioso Administrativo “incurre en la violación denunciada al atribuirle a Pro Consumidor una acción restringida a la investigación, lo que hace su sentencia nula de nulidad absoluta, más aún cuando se trata de la inobservancia de una ley de orden público e interés social”.
Rojo Gas interpuso un recurso de amparo contra una resolución de Pro Consumidor que le impuso una multa de 100 salarios mínimos, luego que Pro Consumidor comprobara que tenía alterados los pesos con los que medía el gas de cocinar que vendía a los usuarios.
La sentencia del Tribunal Superior Administrativo indicaba que la entidad defensora de los derechos del consumidor carecía de la competencia para imponer sanciones pecuniarias.
“La sanción administrativa es una expresión del ius puniendi del Estado (expresión latina que se refiere en Derecho a la facultad del Estado para castigar), que es una consecuencia lógica del ordenamiento jurídico, pues la norma sin sanción carecería de imperio, y que su objetivo es corregir una conducta, es decir, es un medio para educar al infractor”.
Este caso tomó un matiz mayor cuando la entidad inició un proceso de revisión de las balanzas que utilizan las envasadoras de gas, muchas de las cuales perjudicaban al consumidor.
La directora Ejecutiva de PRO CONSUMIDOR, Altagracia Paulino expreso que la SCJ ha enmendado el error del tribunal Contencioso Administrativo con lo que esta institución “nos devuelve la esperanza y confirma que no todo está perdido en este país”.
Manifestó su agradecimiento y satisfacción por la decisión de la SCJ que ha enmendado el fallo desfavorable a la población que emitió el Tribunal Contencioso, donde descalificaba la entidad para multar y sancionar.
“Toda la relación de adquirir un bien, un servicio está resguardado en la Constitución y la Suprema lo ha reconocido, como también la ley que es de orden público, de interés social, que garantiza los derechos constitucionales de todos los dominicanos en su relación con el mercado”, agregó.
Dijo que los poderes del Estado, los poderes públicos como el Congreso y el Ejecutivo que hicieron la ley, están respaldado por el Poder Judicial que reconoce y resarce un poco las fallas de los tribunales inferiores o de los tribunales que no han interpretado correctamente el espíritu de la ley y de la Constitución de la República. “Fue un fallo contra la población y hoy la suprema resarce ese fallo”.
Expresó que la mejor forma de hacer ciudadanía es leyendo las leyes y exhorto a la población a indagar y conocer sus derechos ya que eso ayuda a instituciones como Pro Consumidor, a seguir protegiendo y asegurando su bienestar económico.