El doctor Julio Cury propuso legislar para consagrar las hipótesis puntuales en las que procedería interponer acción de amparo contra sentencias que violen o amenacen derechos fundamentales.
Cury dijo que en un Estado social y democrático de Derecho como lo es la República Dominicana, la cosa juzgada es susceptible de ser atacada cuando atente contra derechos fundamentales.
Alegó que “más temprano que tarde” el Tribunal Constitucional será abrumado de trabajo porque actualmente las sentencias firmes sólo pueden recurrirse en revisión constitucional, lo cual, según Cury, ha provocado un alud hacia esa alta corte.
“Mi propuesta contribuiría a descargar de trabajo al Tribunal Constitucional. Por supuesto, deben limitarse los casos en que procedería el amparo, entre los que debería incluirse cuando no se cuente con otro mecanismo eficaz para restablecer el derecho fundamental violado o cuando trate de evitarse la consumación de un perjuicio irreparable”, explicó.
Dijo que no propone nada nuevo porque hace más de 20 años que en Colombia admite accionar en amparo contra fallos que configuren una vía de hecho. “Si la decisión adolece de defectos sustantivos, fácticos, orgánicos o de procedimiento, es decir, si el tribunal actúa arbitrariamente, basa su decisión en normas inaplicables o se desvía del procedimiento legal para instruir el litigio, procede el amparo a condición de que un derecho fundamental se encuentre amenazado”.
El reconocido jurista agregó que si un tribunal de fondo incurre en una vía de hecho que por una razón técnica no haya podido ser remediada por la Suprema Corte de Justicia como Corte de Casación, debería habilitarse el amparo como remedio procesal siempre y cuando tenga por propósito salvaguardar derechos fundamentales.