El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), advirtió hoy que aplicará sanciones de 2 a 10 cargos, a razón de 87 mil 815 pesos por cada cargo (o sea, entre 175 mil 630 pesos y 878 mil 150 de pesos), a empresas financieras y de gestión de deudas que realicen llamadas de cobros a usuarios en violación a los reglamentos de la Ley 153-98 del órgano regulador.
Señaló que no tolerará llamadas a usuarios fuera del horario comprendido entre las 7:00 de la mañana a ocho de la noche, como lo establece la ordenanza reguladora.
En ese sentido, anunció que se apresta a implementar procesos sancionadores administrativos en contra de las empresas financieras y de cobros que se dedican a esta práctica al margen de la ley.
El Indotel externó su “preocupación por las reiteradas quejas de usuarios que reciben las llamadas “Turbo Cobro” que realizan fuera de horario los departamentos de gestión de deudas de empresas financieras, a teléfonos residenciales y personales.
Basó la medida en la aplicación del Reglamento 002-09 que regula la utilización de llamadas telefónicas para realizar cobros de deudas.
Precisó que, de conformidad con este reglamento, las empresas solamente pueden realizar este tipo de llamadas en el espacio comprendido entre las 7 de la mañana y 8 de la noche, de lunes a viernes, y los sábado en el horario comprendido entre 9:00 de la mañana a 1:00 de la tarde.
El Reglamento del Indotel establece que solo se puede llamar para fines de cobros de deudas a las líneas residenciales o personales, pero no así a las comerciales o correspondientes a los lugares de trabajo del deudor.
Además, solo se permiten cinco llamadas durante el día al domicilio del deudor y a sus teléfonos personales.
Explicó que las llamadas “turbocobro” o automatizada a los lugares al trabajo, solo se permitirán si el deudor es el titular o dueño de la línea comercial a través de la cual se realice el cobro.
Establece, además, que no deben hacerse llamadas de cobros al lugar de trabajo o a personas que no tengan responsabilidad con los compromisos contraídos por dicho deudor.
Refirió que la Ley General de Telecomunicaciones número 153-98 establece sanciones que pueden ser aplicadas por este tipo de violaciones, de 2 a 10 cargos por Incumplimiento, que implican un monto de RD$87,815.00 pesos por cada cargo.
En una nota de prensa, el Indotel, en su rol de organismo de regulación y protección a los usuarios, sostuvo que se mantiene vigilante a los fines de garantizar el uso apropiado de las telecomunicaciones en beneficio de los consumidores del vital servicio.
Exhortó igualmente a las empresas financieras y de gestión de deudas, a que revisen sus bases de datos para asegurarse de que el cliente contactado sea, en realidad, la persona o usuario objeto de estas gestiones, de acuerdo con la reglamentación emanada de la institución reguladora.
Significó que en esos casos, si la empresa de gestión de deudas no está segura, deben llamar de persona a persona y confirmar el número telefónico del usuario-deudor que motivó el reclamo.
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