Santo Domingo.- Las autoridades del Ministerio Público, a través de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción, manifestaron inconformidad con relación a los últimos descargos evacuados por tribunales de diferentes jurisdicciones, en donde se han ventilado alegados actos de corrupción.
El mas reciente fue la decisión de una jueza del Distrito Nacional de archivar el expediente contra Víctor Díaz Rúa, ex ministro de Obras Públicas en el gobierno del doctor Leonel Fernández.
La titular de la PEPCA, magistrada Laura Guerrero Pelletier, considera que dichas acciones se constituyen en un férreo obstáculo contra este flagelo generador de pobreza e impunidad en el país.
“De nada sirve crear más leyes, ni los reclamos de la sociedad civil y de fundaciones, así como el ejercicio responsable de miembros de la prensa y el fortalecimiento del trabajo que diariamente implementa el Ministerio Público, para que estos casos puedan culminar exitosamente, si al final vamos a tener descargos, incidentes y archivos de los procesos”, enfatizó Guerrero.
La funcionaria judicial aseguró que se desarrollan grandes esfuerzos de cara a ir tecnificando y levantando procesos muchos más acabados, por lo que reconoció que es un exceso de los tribunales que cercena las garantías del Ministerio Público interpelarlo a que presente las pruebas y ni siquiera se le da la oportunidad de presentarlas.
Entre los casos, citó la sentencia dictada el 25 de agosto pasado por el Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de Puerto Plata, que descargó a los directores municipales de la Junta Distrital de Cabarete, Gabriel Antonio Mora Ramírez y Eddy Ramón Morfe de la Cruz, quienes en el ejercicio de sus funciones cometieron actos de corrupción que alcanzan la suma de RD$180 millones.
Otra de las sentencias es la del 31 de julio del 2014 en el caso de Luís Rafael Álvarez Renta, que declara fundada una demanda de Habeas Corpus y concluye eximiéndolo del cumplimiento de casi la mitad de la pena de 10 años, impuesta por sentencia firme e irrevocable.
También citó la sentencia del día 10 del mes de julio del año 2014 que acoge una declinatoria por causa de seguridad pública en el proceso seguido a Félix Manuel Rodríguez Grullón, alcalde del Ayuntamiento Municipal de San Francisco de Macorís, que de acuerdo a la acusación del Ministerio Público incurrió en un desfalco de más de RD$400 millones, sin causa razonable alguna.
La cuarta se refiere a la sentencia del 18 del mes de junio del año 2014, en la que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia exonera de responsabilidad penal a los imputados del fraude cometido en la Dirección Nacional de Bienes Nacionales durante la gestión de Wessin Chávez, donde conforme a una auditoría de la Cámara de Cuentas, fueron utilizados, disipados y distraídos fondos públicos por valor de RD$157,212.188.00.
Enumeró además la decisión jurisdiccional marcada con el No. 226-2013, en fecha 14 del mes de febrero del año 2013, dictada por el Juez de la Instrucción Especial de Jurisdicción Privilegiada que declara inconstitucional el Auto No. 0005893, dictado por el Procurador General de la República y los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 281 del Código Procesal Penal, que ordenaba el levantamiento del archivo provisional de la investigación llevada en contra del senador por la provincia La Altagracia, Amable Aristy Castro, investigado por prácticas de corrupción en perjuicio del erario público.
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