El ex embajador en Washington y experto constitucional, Flavio Darío Espinal, afirmó que al observar la ley que crea el Parque Nacional Loma Miranda, el presidente Danilo Medina actuó bajo los lineamientos constitucionales correctos.
Refirió que normalmente el Presidente de la República observa una ley en base a consideraciones de idoneidad, oportunidad, enfoque de políticas públicas, es decir, va más al aspecto que concierne al contenido de la pieza, porque se trata de una cuestión política, en el sentido de que participa, como co-legislador en la formulación de las leyes.
Flavio Darío Espinal manifestó que en el caso de la pieza que consigna a Loma Miranda Parque Nacional, el presidente Danilo Medina adoptó una modalidad de observación que muy pocas veces se utiliza y que sustenta la devolución al Congreso Nacional fundamentándose en consideraciones de orden constitucional.
Explicó que cuando se creó el sistema presidencial en los Estados Unidos, los primeros presidentes entendieron que el “veto”, como se llama usualmente en esa nación, podría ser por razones de constitucionalidad.
El experto jurista en materia constitucional habló en el programa A Diario, que conduce el periodista Cristhian Jiménez a través de Digital 15.
Entre sus consideraciones sobre la razón constitucional de la disposición del Jefe de Estado dominicano, Espinal citó un ejemplo reciente de cuando el Congreso estadounidense, de manera unánime, le envió una ley al presidente Barack Obama, que prohibía aceptar como embajador de las Naciones Unidas a un personaje nominado por Irán.
Retomando el tema dominicano, el justa expresó: “De modo que el presidente Medina, con relación a este punto utilizó razones constitucionales para observar la ley y no podía ser de otra manera porque lo que la ley hace es declarar un lugar, Loma Miranda, Parque Nacional. No como una ley, digamos de reforma fiscal, que tiene 300 artículos y tú puedes escoger allí o aquí y establecer que por tal razón, yo voy a observar la ley para que me cambien tres artículos”.
Espinal consideró que tanto el Congreso Nacional como el Presidente de la República juegan un rol en la concepción de las leyes, de modo que el Presidente puede introducir proyectos de leyes y promulgar esas leyes y los legisladores introducen de igual modo proyectos de leyes y son los que las aprueban.
“Lo que ha ocurrido ahora es que no hay ley. La Ley (Loma Miranda Parque Nacional) se cayó y como la ley se cayó, y se cayó por buenas razones, sencillamente el Presidente la devolvió donde tenía que devolverla, que es de donde la recibió, que fue del Senado. La presidenta del Senado consulta a los senadores sobre lo que piensan de la decisión del Ejecutivo y la gran mayoría aceptó las observaciones; quiere decir que el proyecto se cayó”, recalcó.
Flavio Darío Espinal indicó que para que esta pieza “no se cayera”, hacía falta que las dos terceras partes de los senadores presentes o quórum, la aprobaran primero; pasar a la Cámara de Diputados después, y dos terceras partes aprobarla nuevamente y devolverla al Presidente, quien entonces hubiese estado obligado a promulgarla.
Resaltó que como no fue aprobada nuevamente en el Senado, no tenía que pasar a la Cámara de Diputados y “entonces ahora mismo no hay nada que llevar al Tribunal Constitucional”.
Esto ocurre, observó, “porque en República Dominicana no existe el control preventivo de las leyes y, por tanto, ya no hay nada que mandar al Tribunal Constitucional; para mí eso acabó ahí”.
Expuso que en su objeto la referida pieza es una declaratoria de un lugar en Parque Nacional, “y creo que Medina hizo lo correcto con razones constitucionales”.