SANTO DOMINGO.-El doctor Julio Cury propuso instituir nuevamente el derecho a la repostulación sucesiva presidencial a condición de que se modifiquen los artículos 22, 24, 154 y 214 de la Constitución, a fin de consagrar la suspensión o inhabilitación de los derechos ciudadanos durante 10 años “en perjuicio de quien respalde o de cualquier manera o medio promueva la reelección presidencial más allá de un único período”, dijo.
A tal efecto, sugirió otorgarle competencia al Tribunal Superior Electoral, en primera instancia, y a la Suprema Corte de Justicia, en grado de apelación, para instruir los procesos derivados de imputaciones formuladas por la comisión de la infracción constitucional que propuso.
De esa manera, sostuvo el jurista, se evitará que la Carta Magna sea modifica por capricho de grupos enquistados en el poder. Expresó que en Honduras ha sido exitosa la inclusión de parecida sanción, pues ha disuadido a presidentes bien valorados de retener el poder al cabo del límite constitucionalmente permitido.
Manifestó que también en la Constitución de Guatemala figura como un deber ciudadano la defensa del principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la Presidencia, lo que, según dijo, ha contribuido “a forjar conciencia, distinto a nosotros, de que no hay tal cosa como liderazgos mesiánicos”.
El jurista se mostró partidario de que el presidente que sucumba o gane la repostulación inmediata, pierda el derecho a optar jamás por un tercer período. Sin embargo, adujo que antes o paralelamente deben aprobarse leyes y reformarse otras existentes para “aminorar el influjo presidencialista sobre los demás poderes del Estado y fortalecer la institucionalidad, de modo que los recursos públicos no sean aprovechados con fines electorales, y en caso de que se haga, contemplar penas privativas de libertad”, apuntó.