Ordena el reintegro de 8 empleados después de 4 años de haber sido separados de la empresa, y el pago de los salarios dejados de percibir.
Bávaro-La Altagracia, Rep. Dom.- La Corte de Trabajo de San Pedro de Macorís, ordenó el reintegro de 8 empleados que la empresa Varallo Comercial, Hotel NH Real Arena, había separado de sus puestos de trabajo en el año 2010, por estar conformando un sindicato para exigir mejores condiciones de trabajo y el complimiento de las normas laborales.
La disposición de la Corte, está contenida en la sentencia No. 267-2014, según la cual, la empresa “expidió comunicaciones que discriminan a los trabajadores por el hecho de sindicalizarse”, señala uno de los considerandos de la página No. 23 del referido dispositivo, que condena a Varallo Comercial, Hotel NH Real Arena, al pago de una indemnización por el daño causado y los salarios dejados de percibir por cada uno de los trabajadores.
En el 2010, Adalgisa Silverio, Miguel Antonio García, Daniel Cordero, Carlos Manuel de los Santos, Berto Rodríguez Páez, Roberto Abreu, Silvestre Guerrero, Juan Bautista Cedeño, junto a otros trabajadores, decidieron crear un sindicato en la empresa para la cual trabajaban; razón por la cual fueron separados de forma ilegal de sus funciones.
El representante legal de los demandantes RAFA Castillo, expresó que “este caso debe de servir a todas las empresas como una lección, por lo que no descartamos accionar ahora por la vía Penal, dada la comprobación de discriminación tipificada en la constitución dominicana, en sus artículos 39 y 62, y por el Código Penal, en sus artículos 336 y 336.1”.
En ese mismo orden, destacó, que la República Dominicana no puede darse el lujo de que un empresario nacional o extranjero separe de su puesto a un trabajador por exigir mejores condiciones laborales estableciendo en la carta de separación de la empresa que lo hace por ser sindicalista, y que no puede ser recontratado, ni recomendado para ninguna otra empresa, como las expedidas por Varallo Comercial, Hotel NH Real Arena, comprobado por la Corte al establecerlo en la sentencia de marras”, agregó, Castillo.