El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, ha informado que a partir de hoy, el Sistema 911 aceptará denuncias por niveles de ruido excesivos que molesten a los ciudadanos.
La legislación dominicana define como ruido todo sonido indeseable que, por su naturaleza, magnitud o duración puede afectar la salud de las personas y el ambiente.
“Hasta ahora, los ciudadanos venían sufriendo todo tipo de ruidos molestosos sin tener donde acudir para resolver el problema. Ahora podrán contar con el 911”, afirmó Montalvo.
Según la normativa
Al atender este tipo de llamadas, el 911 aplicará la legislación vigente, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Medio Ambiente. El nivel de ruido tolerable según dichas normativas depende de la zona, siendo más permisivos en un área industrial o comercial, y más rigurosos en una zona residencial, escolar, o cerca de un parque u hospital.
Además, la legislación contempla que entre 9:00 de la noche y 7:00 de la mañana, el nivel de ruido debe ser menor en todas las zonas.
Con sonómetro
A partir de hoy, las patrullas de policía contarán, en cada una de las zonas de actuación demarcadas por el sistema 911, con un sonómetro que les permitirá comprobar, según criterios objetivos, si se está produciendo efectivamente una infracción, así como la gravedad de la misma.
De ser así, los responsables tendrán que bajar inmediatamente el volumen o cesar la fuente de ruido. En caso de que el ruido lo esté produciendo una instalación industrial u obra pública, se les dará a los responsables un plazo técnico para que la insonoricen y deje así de producir molestias.
Incautación, cierre o multa
Las sanciones, en caso de incumplimiento, pueden ir desde la incautación de bocinas y equipos de música, al cierre de instalaciones o la asignación de multas que oscilarán entre medio salario mínimo y 3,000 salarios mínimos, dependiendo la gravedad de la infracción.
El ministro Montalvo señaló que el Sistema 911 está en un proceso de revisión y mejora permanente, con el objetivo de dar un servicio cada vez más amplio y eficiente a los ciudadanos.
El marco legal de este nuevo servicio está contenido en la Norma del Ruido 001-03, además de la Ley del Ruido 287-04, la Ley 64-00 de Medio Ambiente, la Ley 42-01 de Salud Pública, la Ley 176-07 de los municipios y del Distrito Nacional y el Decreto 18-12 que crea los comités anti ruido.