Argumentó Moscoso Segarra que las disposiciones legales respecto a la inmunidad parlamentaria establecidas en los artículos 86 y 87 de la Constitución, no impiden que se “inicie una persecución o acciones penales contra un congresista.
El magistrado descartó así los argumentos de la defensa del senador por San Juan y secretario de Organización del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que habían pedido anular la acusación bajo el alegato de que para investigar al senador Bautista se requería el permiso del Congreso Nacional.
Moscoso Segarra es el juez de la instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia, cuya imparcialidad ha sido puesta en dudas por sectores de opinión pública. Bautista es acusado junto a otras seis personas de cometer actos de corrupción desde las posiciones ocupadas desde el Estado.
Bautista es un hombre cercano al ex presidente Leonel Fernández, quien de acuerdo a todos los indicios aspiraría de nuevo a ser el candidato presidencial del PLD para los comicios del 2016.
Luego que el juez rechazó el incidente ordenó la continuación del conocimiento de la solicitud de acusación a la apertura a juicio en contra del grupo.
A la decisión del magistrado, la defensa de Bautista anunció que se disponía a presentar otro incidente. Concretamente el abogado de la imputada Soraida Abreu Martínez, doctor Manuel Ulises Bonelly, dijo que va a presentar. De inmediato los representantes del Ministerio Público mostró oposición alegando de que la defensa debió presentar todos los incidentes juntos y no por separado.
Moscoso Segarra recordó a la defensa que en la mañana él había emitido una sentencia en la que había establecido que los incidentes se presentarían por separado y que si alguno de ellos tocaba el fondo del proceso sería reservado para ser fallado conjuntamente con el fondo.
El magistrado Segarra manifestó que para iniciar una persecución en contra del senador o cualquier legislador no es necesario contar con el permiso de la Cámara a la que pertenece ya que la inmunidad fue “establecida para proteger la integridad de la función estatal que compete a las personas las que alcanza esta forma de inmunidad y evitar así que se altere el normal desarrollo de la función pública, o sea, que dicho funcionario no se vea obstaculizado o entorpecido en el ejercicio de sus funciones”.
Dijo que esta condición no constituye un derecho personal del mismo sino que sirve del interés público y argumentó que las excepciones planteadas por el artículo 87 de la Constitución es referente a la libertad del legislador durante una legislatura, de lo que se trata es de garantizar la presencia del mismo en las secciones.
También expuso que las disposiciones legales respecto a la inmunidad parlamentaria establecidas en los artículos 86 y 87 de la Constitución, no impiden que se “inicie una persecución o acciones penales contra un congresista sin que sea imperativa la expedición de autorización de la Cámara a la que correspondiente, siempre y cuando no se tomen medidas que restrinjan su libertad corporal”.
Sin embargo, el abogado Bonelly pidió al tribunal declarar la nulidad de la acusación presentada en contra de su defendida y a los otros imputados y de la prueba recogida abogando que se violó varios artículos del Código Procesal Penal.