Santo Domingo, RD.-El Tribunal constitucional conocerá este viernes la acción directa en inconstitucionalidad contra varios artículos del Código de Trabajo.
La iniciativa es de varios sectores de la vida laboral y productiva, quienes precisamente el 01 de mayo del 2014, fecha en que se conmemora el Día de los Trabajadores, depositaron por ante el Tribunal Constitucional una voluminosa acción de inconstitucionalidad contra 16 artículos del Código de Trabajo que consideran no conformes a la Constitución Dominicana.
La acción fue interpuesta por un grupo de dirigentes sindicales, empleados de diferentes ramas comerciales e industriales y algunos comerciantes PYMES, quienes se apostaron en las escalinatas del Tribunal Constitucional y ofrecieron una rueda de prensa previo al depósito en secretaría de la referida acción constitucional, que procura que se excluya del actual Código de Trabajo, disposiciones aún vigentes que violan derechos constitucionales en la República Dominicana.
Después de nueve meses de haber recibido dicha acción, el tribunal ha anunciado la celebración de audiencia y a tales fines convocó al Senado de la República, así como a la Cámara de Diputados por ser los órganos de los que emana la norma atacada.
Entre las disposiciones impugnadas en la referida acción resaltan los Arts. 42, parte final, Art. 44.1, 51.5, 75-párrafo final, 93, 100 parte final, 109, 110, 190, 259, 260, 390, 434, 619, 626 parte final y 641 del Código de Trabajo de la República Dominicana instituido por la ley 16-92 del 26 de mayo del año 1992.
Los licenciados Washington, Yubelka, Indhira y Yulibelys Washington R., representantes legales de los accionantes, indicaron que los artículos atacados no son conformes a la constitución, porque violan el debido proceso, el derecho a un recurso, derecho a un salario justo y digno, presunción de inocencia, el principio de libertad laboral, derecho a la integridad personal, libertad sindical, principio de igualdad; en fin, han identificado innumerables violaciones a la constitución de la república y por tanto la necesidad imperiosa de que este Tribunal Constitucional se pronuncie con celeridad, declarando estos artículos no conformes con la constitución y los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo ( OIT).
Agregaron que solo dos artículos de los que son atacados en la instancia, han sido discutidos y presentados por la comisión de reforma del Código de Trabajo, “estamos confiados de que este Tribunal de Justicia Constitucional realizará un examen exhaustivo de cada uno de los argumentos que se motivan en la instancia”, expresaron los juristas.
El referido proceso se conoce en momentos en que la comisión tripartita para la reforma al Código de Trabajo, se reúne periódicamente y discute los puntos en los que aún no se ha arribado a un consenso.
De acogerse total o parcialmente la acción de inconstitucionalidad contra estos articulados, el Tribunal Constitucional estaría avocándose a una reforma anticipada al Código de Trabajo. Sin embargo, esta no iría en la dirección de los aspectos discutidos por la comisión designada por el Poder Ejecutivo.
“Sería una reforma que ajustaría un Código de Trabajo que data del año 1992, a una era constitucional instaurada con la promulgación de la constitución del 2010”, agregaron los abogados.