La nave está en disputa a consecuencia del juicio que se sigue al senador de San Juan de la Maguana t otras siete personas. El Ministerio Público tiene la nave consignada como propiedad de Bautista, lo que es negado por las empresas.
SANTO DOMINGO.- Las empresas propietarias de un avión incautado por el Ministerio Público en la ciudad de Puerto Plata, informaron que depositaron ante el Juez designado por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia para conocer de este caso, 29 pruebas documentales que demuestran la legalidad de la operación de compra y afirmaron que la retención de la aeronave se ha producido en violación de la ley al no estar sustentada en la decisión de un órgano judicial competente.
Al mismo tiempo llamaron la atención sobre el estado progresivo de deterioro en que se encuentra la aeronave que fue adquirida para fortalecer las operaciones de Lifestyle Hollidays, principal empresa turística de la Costa Norte.
El Ministerio Público se ha negado a devolver el avión porque dice es parte de los bienes del senador Felix Bautista y sus socios.
Sin embargo, las firmas Secure Aircorp, Inc. y Sparkles Management Services, Ltd, indican que las pruebas presentadas “incluyen los poderes y documentos corporativos de las sociedades requirentes; documentos que en la forma de contratos y evidencias de transferencias bancarias demuestran la adquisición y el pago íntegro del precio de venta de la aeronave”.
Explican igualmente que han entregado al Ministerio Público los documentos legales relacionados con la transacción, incluyendo las instancias mediante las cuales se entregaron todas las pruebas a la directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa en fechas primero y ocho de diciembre del 2014 “y sobre las cuales nunca recibimos respuestas”.
En un comunicado de prensa emitido por su equipo legal, las empresas reclamantes señalan que “entre las pruebas documentales fueron recibidas por la secretaría general de la Suprema Corte de Justicia, los poderes de representación otorgados por las sociedades requirentes, debidamente legalizados por ante Notario Público y en el caso del documento expedido en la ciudad de Atlanta, Georgia, cumpliendo con las formalidades de la legalización internacional denominada apostilla y su debida traducción al idioma español mediante interprete judicial”.
Apuntan que con el simple análisis de la prueba aportada en audiencia por el Ministerio Público “se ha podido evidenciar que la retención de la aeronave ha sido no solo arbitraria, sino que se ha producido en franca violación a la ley al no estar sustentada en una decisión de un órgano judicial ya que lo que se ha presentado como prueba es una “solicitud” formulada a la Suprema Corte de Justicia para autorizar la ejecución de medidas cautelares mas no la “autorización” emanada de dicha solicitud que es lo que en buen derecho y racionalmente habría permitido a las autoridades adoptar la medida cautelar de retención de la aeronave”.
Aseguran que la pretensión de que la solicitud de una medida legal puede ser ejecutada sin autorización es simplemente inconsecuente.
El comunicado de Secure Aircorp y Sparkles Management Services, respondió de este modo a una versión de prensa divulgada por el Ministerio Público el pasado 4 de marzo dando cuenta de la solicitud de levantamiento de la retención arbitraria de la aeronave marca gulfstream, modelo G-1159, matrícula N52HS, de su propiedad, no han aportado evidencia documental en la forma prevista por las leyes sobre su calidad para actuar en justicia.
Exponen que “el tema de la falta de calidad para interponer la solicitud ya ha sido correctamente decidido por el Honorable Juez de la Instrucción Especial Designado en la audiencia celebrada en fecha 4 de marzo de 2015, el cual, tras analizar la documentación aportada por las requirentes y en una interpretación correcta de la ley, ha procedido a rechazar los dos incidentes planteados por el Ministerio Público”.
La declaración está suscrita por los abogados Xavier Marra Martínez y Manuel Conde Cabrera.