Santo Domingo.- La Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD) y la Asociación Dominicana de Controladores de Tránsito Aéreo (ADCA) acusaron a Alejandro Herrera, director del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) de continuar desinformando a la opinión pública en relación a las sentencias emitidas por las altas cortes de la República.
La actitud que Alejandro Herrera mantiene por más de dos años confirma su plan de incumplir el mandato de la ley y evitar el reintegro de los 31 controladores que canceló de manera arbitraria, por su lucha en defensa del gremio que los agrupa e impedir la privatización de los servicios de tránsito aéreo, lo que pretende lograr ocultamente.
Ahora por tercera ocasión, el director del IDAC al quedarse sin argumentos, acusa de violaciones inexistentes en los puestos de trabajo y maniobra desinformando en relación a la sentencia 0048-2015 del tribunal contencioso administrativo, la que dice “confirma la validez de los procedimientos disciplinarios y la desvinculaciones realizadas por el IDAC, ante la faltas cometidas por los 11 controladores”, cuando lo que dice la sentencia en su dispositivo es “declara inadmisible el recurso contencioso administrativo interpuesto por violación a los plazos establecidos”, lo que rechazamos enérgicamente debido a que dichos recursos fueron sometidos en los plazos de conformidad con la ley, como podemos comprobar. Debido a esto, en los próximos días dicha sentencia será recurrida en revisión, ante el mismo tribunal.
El “triunfante” director del IDAC, muestra dotes de manipulación de los medios de comunicación desinformando a la población al plantear que van 3 decisiones judiciales en contra de los controladores aéreos, a quienes de manera olímpica les ha violentado sus derechos. Sin embargo en ningún momento el director del IDAC hace referencia a la sentencia No. 00230-2014, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha veinticuatro (24) de junio del año dos mil catorce (2014).
Decisión tomada por dicho tribunal en ocasión de la acción de amparo interpuesta por la Asociación Dominicana de Controladores de Tránsito Aéreo (ADCA), después de comprobar las violaciones a la libertad sindical cometidas por el IDAC, ordenó el reintegro de los controladores aéreos desvinculados ilegalmente.
Tratando de confundir a la opinión pública nacional e internacional, pregona a los 4 vientos 3 decisiones judiciales, sin dar a conocer que ninguna analiza, ni decide en torno a si hubo o no violación al derecho de asociación y la libertad sindical de los controladores aéreos y su asociación.
La sentencia 068-2014, dictada por el Tribunal Superior Administrativo en fecha 17 de septiembre del año 2014, que conoció la solicitud de medida cautelar interpuesta por la ADCA y sus directivos ilegalmente desvinculados, no estatuyó en cuanto a las violaciones cometidas o no por el IDAC, lo que se limita es a plantear que estos pueden esperar la decisión con motivo de los recursos de reconsideración y jerárquicos y posteriormente contencioso administrativo, en razón de que, según su criterio, esa espera no constituye un peligro de que la tardanza produzca un daño irreparable o de difícil reparación.
Por su parte, la sentencia 0006-15, dictada por el Tribunal Constitucional en fecha 3 de febrero del año 2015 no toca el fondo, este tribunal simplemente se limita a plantear la inadmisibilidad de la acción de amparo, por considerar que existían procesos en los tribunales ordinarios sobre la materia y que el reintegro de los controladores desvinculados le corresponde ser dirimida a los tribunales correspondientes del poder judicial y no al procedimiento de amparo, dejando en manos del Tribunal Superior Administrativo en materia contenciosa, la determinación de ese acto administrativo.
Todas estas decisiones judiciales y de que la última no es definitiva, pues aún están los plazos abiertos para ser recurrida, lo que hacen es comprometer aún más la responsabilidad del gobierno, del IDAC y del Estado como garante final de los derechos humanos, incluyendo el derecho de asociación y de libertad sindical. Por tanto, pese a todo ese despliegue mediático del director del IDAC, las acciones que este desarrolla con la tácita anuencia del gobierno, de las cuales continúa ufanándose el sr. Herrera, demuestran la falta de garantías que tiene nuestro país para asegurar el respeto de los derechos humanos fundamentales, lo que constituyen también violaciones a los convenios, convenciones y pactos ratificados por la República Dominicana. Violaciones que comprometen aún más la responsabilidad del país ante los organismos internacionales apoderados para conocer el caso; la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en el día de ayer lunes se celebró en Washington D. C. la primera audiencia temática, donde fue conocida nuestra queja y fuimos representados por la CSA (Confederación Sindical de las Américas) y la CSI (Confederación Sindical Internacional), CNTD y la ADCA. Del mismo modo, estos casos están siendo conocidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y el Departamento de Estado, mediante el DR-CAFTA y otros organismos de carácter nacional e internacional.