El magistrado, juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Alejandro Moscoso Segarra exoneró de responsabilidad penal además de Bautista a Soraida Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura, Carlos Manuel Ozorio, Bienvenido Apolinar Bretón y Grisel Aracelis Soler.
En su sentencia de 620 páginas rechazó dictar prisión preventiva en contra del grupo, por considerar que tiene suficiente arraigo. También ordenó el levantamiento a la traba de los bienes del senador Bautista y los otros imputados.
Argumentó que se pudo comprobar que la decisión de archivo definitivo emitida en el año 2012 por la propia Procuraduría General de la República contiene los mismos hechos que se le imputan en la actualidad.
Y señala que para una acusación ser exitosa se requiere que el acusador sustente en pruebas lícitas obtenidas conforme a la ley y la Constitución, y que esas pruebas sean suficientes para demostrar en los tribunales los hechos que se imputan.
Otro señalamiento esgrimido por el juez es que en este caso el Ministerio Público reunió varias pruebas en violación a la ley, como son los informes financieros, ocho de los cuales fueron requeridos a la Superintendencia de Bancos sin autorización judicial y dos fueron obtenidos mediante autorización de jueces incompetentes.
También alegó que que produjeron informes periciales sobre la sociedad de los inmuebles y las cuentas, violando los procedimientos para designar peritos y que por igual se pretendió introducir interrogatorios previos, en violación al principio de oralidad que rige el juicio pretendido.
Moscoso Segarra estaba en la mira de la opinión pública en este caso por sau cercanía con el senador Bautista.